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Condenaron a 16 años al autor del homicidio de Marcelo Martínez ocurrido en 2014

Con esta resolución, el Tribunal de Alzada revocó la absolución de Marcelo Adrián Sandoval dictada en primera instancia. También ordenó que se investigue la eventual comisión del delito de falso testimonio de parte de dos testigos que declararon en el juicio.
VIERNES 15 DE MARZO DE 2019

La Cámara de Apelaciones de Santa Fe revocó por unanimidad la sentencia dictada en primera instancia por la que se había absuelto por el beneficio de la duda (principio “in dubio pro reo”) a Marcelo Adrián Sandoval. En su resolución, el Tribunal de Alzada condenó a Sandoval como autor del delito de homicidio calificado (por el uso de arma de fuego) de Marcelo Mario Martínez, y le impuso una pena de 16 años de prisión de efectivo cumplimiento.

En la resolución, los camaristas afirman que "corresponde revocar la sentencia absolutoria dictada por aplicación del principio in dubio pro reo al existir prueba suficiente que permite sostener con grado de certeza el hecho atribuido, efectuando la valoración de la misma en conjunto y no aislada ni fragmentaria". En este sentido, sostiene que las pruebas "permiten sostener la autoría y responsabilidad penal de Marcelo Adrián Sandoval en el hecho atribuido, es decir, en haber ocasionado con intención la muerte de Marcelo Mario Martínez, efectuándole disparos en zonas vitales del cuerpo".

En lo que respecta al monto de la pena, se tuvo en cuenta la calificación legal aplicable, la cual es adecuada al caso y, también, tal como lo indica el Tribunal de Alzada en la resolución, "la gravedad del ataque, efectuado con el uso de una motocicleta que facilitó la aproximación y posterior fuga, la utilización de un arma de fuego hacia una persona desarmada, la extensión del daño (muerte de la víctima) y su conducta posterior al hecho, es decir, la fuga durante más de un año y cuatro meses, la existencia de amenazas realizadas a familiares de Martínez y la inexistencia de antecedentes de condena que opera como circunstancia atenuante en la ponderación de la pena".

Conformidad

La fiscal Ana Laura Gioria consideró que "la revocación del fallo absolutorio y la condena es por una pena cercana a la que inicialmente había solicitado la Fiscalía. Sandoval había sido absuelto por el beneficio de la duda. El tribunal de primera instancia resolvió la absolución por mayoría (con un voto en disidencia). La Cámara revirtió esta decisión, y estamos muy conformes con esta decisión”.

Los fiscales Marchi y Gioria habían solicitado la prisión preventiva de Sandoval, pero en la resolución del Tribunal de Alzada se indica que "el modo más adecuado para garantizar el doble conforme en casos de agravación de la calificación legal y sanción penal por parte de la Alzada o, en casos de absoluciones revocadas, es a través de la revisión amplia por otros magistrados integrantes del Colegio de Jueces de la Cámara de Apelación en lo Penal".

Otra investigación penal

La Cámara de Apelación también ordenó que se extraigan copias de los registros de audio y video y que sean remitidos al MPA, para que se investigue la eventual comisión del delito de falso testimonio por parte de dos testigos que declararon en el juicio oral y público.

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