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Ganancias: abogados advierten sobre el alcance del fallo de la Corte

Tras conocerse la sentencia del máximo Tribunal de Justicia, se generó mucha expectativa entre los adultos mayores que pagan el impuesto a las ganancias. Para los abogados Rondina y Gomez Cocchia, el fallo solo se aplica al caso particular. Y que el resto de los jubilados deberán realizar reclamos individuales.
MIÉRCOLES 27 DE MARZO DE 2019

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió ayer martes que es inconstitucional cobrarle el impuesto a las Ganancias a los jubilados a partir del caso de una mujer que inició el proceso judicial en la vecina provincia de Entre Ríos. Así lo resolvió en el caso particular de María Isabel García, quien inició la demanda en Entre Ríos, pero que se proyecta a centenares de causas que tramitan ante el máximo tribunal e instancias inferiores.

Ante este fallo, abogados santafesinos dieron su visión y aclararon que solo se aplica al caso mencionado. Por twitter, el Dr. Domingo Rondina sostuvo que el Fallo García “restringe impuesto a las ganancias de los jubilados que demuestren vulnerabilidad: problemas económicos, de salud, etc”. Agrega que “no es un gran avance constitucional, y si el Congreso no dicta una norma pronto, habrá avalancha de juicios”.

Por su parte, en diálogo con LT9, el Dr. Enrique Gomez Cocchia aclaró que “el fallo es para un caso concreto. Por eso no podemos decir que la corte ha sentenciado en general de que los jubilados no puedan pagar impuesto a las ganancias. Hace una sugerencia al Congreso de la Nación para que contemple esta situación de vulnerabilidad generada en las personas, en los adultos mayores, a partir de la ancianidad o de problemas de salud. Se abre un nuevo camino”.

Añadió que “la Corte refiere en su voto mayoritario contemplar desde lo legislativo impositivo la situación de vulnerabilidad en que se pueda encontrar un adulto mayor por enfermedad o ancianidad. El fallo de la Corte establece jurisprudencia para el caso concreto. No hay demandas colectivas que puedan afectar, en forma positiva o negativa, a todo un colectivo. El reclamo es personal. La Corte no legisla. Lo que son obligatorias son las leyes”. 

Por último, el abogado sostuvo que “la Corte pone en conocimiento del Congreso. Después el Congreso definirá si saca el impuesto a las ganancias o establece qué porcentaje deben pagar”.

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