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El imputado por el asesinato del rugbier en Rafaela quedará en libertad bajo fianza

El juez de Investigación Penal Preparatoria (IPP), Javier Bottero, aprobó el pedido de excarcelación bajo fianza de la defensa de José María Williner, imputado por el homicidio de Luciano Beninca de 39 años, quien falleció luego de una pelea en la que cayó al piso y terminó golpeando su cabeza contra el cordón de la vereda el pasado sábado 8 de junio en Rafaela.
VIERNES 09 DE AGOSTO DE 2019

El juez de Investigación Penal Preparatoria (IPP), Javier Bottero, aprobó el pedido de excarcelación bajo fianza de la defensa de José María Williner, imputado por el homicidio de Luciano Beninca de 39 años, quien falleció luego de una pelea en la que cayó al piso y terminó golpeando su cabeza contra el cordón de la vereda el pasado sábado 8 de junio en Rafaela.

Fue así como Williner fue imputado como autor de los delitos de "homicidio simple" por el asesinato de Beninca y de "lesiones dolosas" por las heridas ocasionadas a su hermano Guillermo Beninca en una audiencia celebrada el 10 de junio y se le dictó la prisión preventiva un día después por un plazo de 60 días.

Sin embargo y a pesar de la oposición de la Fiscalía y la querella, el magistrado decidió dar lugar al planteo de la defensa del imputado, representado por el penalista Néstor Oroño, que pidió la excarcelación bajo el pago de una fianza de un millón de pesos y otras medidas alternativas como la imposibilidad de ausentarse de Rafaela sin autorización, no concurrir a lugares nocturnos donde se expendan bebidas alcohólicas, no asistir al CRAR, ni acercarse a la familia Beninca y/o vincularse a través de redes sociales con los Beninca u otras personas ligadas a la causa.

Anteriormente, el fiscal del caso Guillermo Loyola había solicitado que Williner continúe en prisión preventiva ya que "hasta el momento no están los resultados de la autopsia y aún no se puede saber la causa de la muerte de Luciano, más allá de los informes preliminares con los que contamos. También restan las pericias de teléfonos celulares, las cuales llegaron el día de ayer pero aún no pudieron ser analizadas por el caudal de información", aseguró.

Además, el funcionario del Ministerio Público de la Acusación reveló que los exámenes toxicológicos arrojaron 1,26 gramos de alcohol en sangre de la vítcima y 0,90 de alcohol y positivo de marihuana y cocaína en la del victimario.

Vale recordar que los tres hombres involucrados se conocían mutuamente porque integraban el Círculo Rafaelino de Rugby (CRAR).

Golpes de puño

“Los delitos que investigamos fueron cometidos minutos después de las 7:00 del sábado pasado en inmediaciones de un complejo de departamentos ubicado en calle Belgrano al 1.200 de la ciudad de Rafaela”, precisaron los fiscales del caso. 

“El imputado rompió el vidrio de la puerta de acceso al inmueble para salir al encuentro de Luciano Beninca. Comenzó una discusión –a la que se sumó el hermano de Beninca– y luego se inició una pelea a golpes de puño”, agregaron.

Los funcionario del Ministerio Público de la Acusación también relataron en la audiencia que “en un determinado momento, la víctima fatal logró inmovilizar al imputado y le manifestó en reiteradas oportunidades su deseo de terminar la pelea

Sin embargo, cuando lo soltó, el hombre investigado le arrojó dos golpes de puño que le provocaron la caída al piso”. En tal sentido, agregaron que “también agredió con otro golpe de puño al hermano de la víctima fatal, al que también hizo caer al piso, producto de lo cual se quebró la tibia y el peroné de su pierna derecha”.

Finalmente, Luciano Beninca intentó levantarse, pero el imputado volvió a aplicarle un golpe de puño en la cara, producto de lo cual cayó inconsciente y se produjo su muerte como consecuencia de un traumatistmo cráneo encefálico grave”, sostuvieron los fiscales.

En la audiencia, los fiscales Loyola y Castellano remarcaron que “el homicidio se produjo a pesar de que la víctima quiso parar la pelea”. Asimismo, hicieronhincapié en que“el imputado actuó a sabiendas del resultado mortal que podía lograr a raíz de su capacidad física y de la potencialidad de sus golpes. De hecho –concluyeron los funcionarios del MPA– optó libremente por seguir actuando, lo que implicó su conformidad con el resultado lesivo al bien jurídico protegido”.

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