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Riacho Santa Fe: el dueño de los terrenos tendrá un plazo “perentorio” para remover el terraplén

El secretario de Recursos Hídricos, Roberto Gioria, confirmó por LT9 que ayer se presentó el propietario en el ministerio. Ahora se coordinará una reunión con los técnicos de la cartera de Infraestructura para darle detalles de los trabajos que deberán realizar para restituir a las condiciones anteriores a la intervención, que fue realizada sin autorización.
JUEVES 25 DE FEBRERO DE 2021

El secretario de Recursos Hídricos de la provincia de Santa Fe, Roberto Gioria, confirmó esta mañana por LT9 que recién ayer miércoles se presentó en el ministerio de Infraestructura el dueño de los terrenos ubicados a la vera del Riacho Santa Fe y cuyos trabajos -sin autorización- generó la intimación para que restituya a las condiciones anteriores a la intervención.

El funcionario habló con “Primera Mañana” y recordó que la intimación fue enviada por correo el viernes de la semana pasada a Daniel Questa, Ignacio Benuzzi y la empresa Coivalsa S. A., y que fue el propietario quien se presentó ante el ministerio para “darse como notificado”.

“Desde ayer corre el plazo de 48 horas para comenzar con la restitución. Es un plazo perentorio. Se realizará una reunión con personal técnico del ministerio para decirles cómo tienen que hacer los trabajos” explicó Gioria.

La intimación

El Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat (MISPyH), a través de la Secretaría de Recursos Hídricos y funcionarios dependientes del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático (MMAyCC), labraron un acta en la que se coordinaron acciones relacionadas con la restitución a las condiciones originales del área en que se desarrollaron tareas de movimiento de suelo sin ningún tipo de autorización.

En el acta quedó de manifiesto que personal técnico de ambos ministerios llevarán a cabo el monitoreo, supervisión, control y registro permanente de las obras que se deberán ejecutar para restituir las condiciones originales de la franja donde se procedió a los movimientos de suelo y que se gestionan bajo los expedientes Nº 01907-0003413-8 (MISPyH) y 02101-0024076-5 (MMAyCC).

En este sentido, el secretario de Recursos Hídricos, Roberto Gioria indicó: “Hemos intimado a los tres presuntos responsables de las obras en la zona del riacho Santa Fe que, una vez notificados, deberán proceder a restituir el terreno a su estado original en el menor tiempo posible con la finalidad de que el impacto antrópico sea el menor y ante la posibilidad de que se produjeran crecidas en el Sistema Río Paraná”.

La restitución

Funcionarios de ambos Ministerios coincidieron en que el daño ambiental que se ocasionó es irreparable, e intimaron a que los presuntos responsables efectúen una serie de trabajos concretos, como la extracción de todo el material vegetal e inorgánico (cubiertas de vehículos, metales, etc.) que se depositó en fosas. Ese material se deberá extraer y transportar a un lugar definitivo habilitado, y luego las fosas deberán rellenarse con material original debidamente compactado.

Además, deberán realizar una compactación, con el propósito de consolidar el suelo, a fin de evitar que se produzcan erosiones tanto en el predio como en las pilas del puente Héroes de Malvinas.

Tendrán que eliminar los terraplenes y trasladar el suelo a la zona original, a la cota que se encontraba antes de la intervención. Todas estas acciones se realizarán por capas y serán compactadas con equipo pesado. Las cotas del perfil del terreno a restituir serán suministradas por el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat. Si durante las acciones a realizar el nivel del Riacho Santa Fe aumentara, dificultando las tareas mencionadas, se deberá ejecutar un terraplén “provisorio” que permita los trabajos en forma segura y su correcta compactación. Luego, el mismo se deberá retirar de la zona de intervención. El material para la construcción de dicho terraplén “provisorio” debe ser ajeno al de la obra.

A su vez, la vegetación que se encontraba en el lugar intervenido, deberá restituirse a través de un plan de forestación, según indicaciones del Ministerio de Medio Ambiente y Cambio Climático. Esta vegetación ayudaba en forma eficiente a la estabilidad de la margen derecha ante crecidas naturales propias de este curso natural de agua. Además deberán cumplir con otras acciones que les imponga dicho organismo vinculadas con el medio ambiente.

Cabe señalar que el equipamiento mínimo necesario para la ejecución de las acciones detalladas, constaría de una retroexcavadora, con capacidad de balde mínimo de 1,4 m3; una pala frontal con capacidad de 3 m3 mínimo de balde y un camión volcador para el transporte de material.

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