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Oficializaron el procedimiento para delimitar al personal estratégico del Estado que recibirá la vacuna

Una comisión se encargará de monitorear la trazabilidad de la vacunación del personal estratégico y estará integrada por reconocidos expertos en inmunización, bioética, salud y derechos. Quiénes son los que recibirán las dosis.
VIERNES 26 DE FEBRERO DE 2021

El gobierno nacional definió el procedimiento legal para "transparentar"  el proceso de vacunación contra el coronavirus al personal estratégico  en los tres ámbitos del Estado y, en ese marco, resolvió que los involucrados "deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño" al solicitar autorización para ser inmunizado. 

La ministra de Salud, Carla Vizzotti, firmó la Resolución 2021  -publicada después del mediodía en el Boletín Oficial- que reglamenta  ese sistema con el fin de "transparentar" el proceso de vacunación al  "personal estratégico" en los tres ámbitos del Estado, nombre con el que  técnicamente se define al personal del Poder Ejecutivo, Legislativo y  Judicial que se considera que debe tener prioridad para recibirla.

Vizzotti resolvió para ello crear un observatorio para "monitorear" el cumplimiento y "emitir recomendaciones" en tal sentido,  para avanzar en la "transparencia" de todo el proceso de vacunación, e  invitó a todas las jurisdicciones del país a hacer lo mismo.

La resolución establece que "se convocará para su integración a  organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica" y establece  que las personas consideradas personal estratégico "deberán especificar  los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que  implica su desempeño".

¿Quiénes son personal estratégico?

La resolución ministerial  precisa que las "funciones ejercidas por los  tomadores de decisión, en  su calidad de personal estratégico, "deben ser  relevantes para  garantizar el adecuado funcionamiento del Estado".

La norma define en ese camino como personal estratégico a las "personas que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que   acrediten el rol estratégico de su función, independientemente de la   edad y la condición de salud; y realicen tareas presenciales que   impliquen riesgo aumentado de exposición".

También a los y las "representantes del Estado argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas que se   desempeñen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen   riesgo aumentado de exposición".

Asimismo, comprende a las "personas que realicen viajes afuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas   por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que   deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que   provengan del exterior en representación de otros Estados o de   organismos internacionales.

El listado será público

Por otra parte, la  norma indica que "se deben vacunar en  establecimientos autorizados" y  la vacunación "se notificará en el  Registro Federal de Vacunación  Nominal", así como también "se constituirá un listado público que se actualizará de manera periódica".

De  acuerdo con lo consignado por fuentes gubernamentales, el Ministerio   de Salud de la Nación podrá "difundir a través de los medios de   comunicación y/o a poner a disposición de los y las ciudadanas que así   lo soliciten, la información sobre quiénes recibieron la vacuna contra   la Covid-19, detallando nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI,   cargo/función, repartición, vacuna recibida, número de dosis, fecha de   aplicación, lugar de vacunación".

La norma de la cartera de Salud  invita a "todas las jurisdicciones  provinciales y a la Ciudad Autónoma  de Buenos Aires a realizar un  protocolo para la solicitud de anuencia  para vacunación Covid19,  aplicable en el ámbito de su jurisdicción".

Cómo es el procedimiento

El trámite para contar con la anuencia para acceder a la vacunación  Covid-19 se iniciará con la "remisión a través del sistema de Gestión  Documental Electrónica (GDE) de una nota con la información" firmada  conjuntamente entre el solicitante de la vacuna y una autoridad con  rango no menor a subsecretario o subsecretaria o su equivalente del  organismo. 

Ese pedido debe ser remitido al usuario GDE del Titular de la Unidad  Gabinete de Asesores del Ministerio de Salud de la Nación, que es el  área que se encargará de aprobar o no el pedido.

En los fundamentos, la norma señala que el plan de vacunación establece  "criterios de priorización de personas a vacunar, los cuales se definen  conforme los riesgos de exposición al virus SARS-CoV2 y la función  estratégica, para asegurar el desarrollo de actividades prioritarias,  como así también disminuir el riesgo de enfermedad graves".

Recuerda que el "consenso" arribado días atrás por la Comisión Nacional  de Inmunizaciones (Conain) "propone la vacunación escalonada de acuerdo a  la disponibilidad del insumo, considerando población priorizada a los  adultos y las adultas mayores de 60 años, personal de salud, personal  estratégico y grupos de riesgo".

En sintonía, apunta que "es sustancial lograr la trazabilidad  del proceso para contar con datos en tiempo y forma útiles para  monitorear la estrategia de vacunación, evitar errores programáticos,  realizar el seguimiento en cuanto a su utilización, permitir la  búsqueda activa de personas pertenecientes a la población objetivo que  deban iniciar o completar el esquema y proveer información de calidad  para el seguimiento de los eventos supuestamente atribuidos a vacunas e  inmunizaciones (ESAVI) y los eventos adversos de interés especial  (EAIE)" .

Determina al respecto que, "para ello, es necesario fortalecer los  mecanismos de monitoreo de la vacunación tanto a nivel central como en  las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su calidad de  responsables de la distribución y aplicación de las vacunas dentro de  sus jurisdicciones, a fin de garantizar que se lleve a cabo conforme lo  planificado y cumpliendo los criterios sanitarios previstos".

La resolución de Vizzotti señala asimismo en sus considerandos que  "importa precisar el alcance de la población objetivo incluida en el  Plan, particularmente el personal estratégico definido por la Resolución  N° 2883/20 como “toda persona que desarrolle funciones de gestión y/o  conducción y funciones estratégicas necesarias para el adecuado  funcionamiento del Estado”.

En paralelo, la norma destaca que la "mayoría de los países del mundo  han decidido, en el marco de sus estrategias de vacunación contra la  Covid-19, reservar dosis para el personal estratégico de sus gobiernos".

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