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Piden que el gobierno actualice las multas aplicables a Aguas Santafesinas

Lo hizo la Defensoría del Pueblo, a través de una nota remitida a la ministra de Infraestructura, Silvina Frana. Jorge Henn sugirió tomar como unidad de medida para su cálculo el valor del metro cúbico del agua.
LUNES 06 DE JUNIO DE 2022

El defensor del Pueblo a/c, Jorge Henn, dirigió un oficio a la ministra de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, Silvina Frana, en la que pide la actualización de los montos de las multas aplicables por el Ente Regulador de Servicios Sanitarios -ENRESS- teniendo en cuenta que datan de 2007, con lo cual no cumplen el objetivo sancionatorio.

Sugiere adoptar el valor del metro cúbico de agua como unidad de medida y de ese modo evitar recurrentes modificaciones derivadas del proceso inflacionario.

El ombudsman entiende "que los montos, que no se actualizan desde 2007, debilitan la función de contralor estatal en la prestación del servicio de agua potable de modo suficiente, salubre, aceptable y asequible; y no cumplen con la finalidad de sancionar pecuniariamente la transgresión al ordenamiento jurídico".

En diálogo con Primera Mañana, Henn indicó que pedirán que se revea el decreto de hace 15 años, ya que la sanción a Assa tras el incidente del año pasado con los vecinos de Candioti Sur dio “vergüenza ajena”.

“Sugerimos que el valor de la actualización sea el metro cúbico del agua. Si tienen tanta capacidad, convicción y fortaleza para defender el aumento tarifario, tengamos el mismo valor de referencia para actualizar las multas. Que el Enress aproveche para rever esta sanción, que no se puede hacer aplicable por falta de directores”, declaró Henn. 

El defensor del Pueblo añadió que “la actualización de la multas se hicieron por decreto del Ejecutivo. Lo que pedimos es que se actualice este decreto, es una decisión política que debe tomar la ministra y que haya una referencia en la actualización con el metro cúbico de agua”.




El oficio

La petición consignada en ese oficio se formuló habiendo tomado conocimiento por medios  periodísticos de la conclusión del proceso sancionatorio del ENRESS contra Aguas Santafesinas S.A. por el evento sufrido por vecinos del barrio Candioti, de la ciudad de Santa Fe, los días 15, 16 y 17 de septiembre de 2021; y considerando los montos aplicados que totalizan $87.500 (pesos ochenta y siete mil quinientos).

"La resolución, no firmada por falta de quórum en la conformación del directorio del ENRESS, a través del cual se determinaron los incumplimientos contractuales por parte de Aguas Santafesinas S.A.  -Artículo Primero, Puntos 1), 2), 3) y 4)-, generando la aplicación de multas de $ 2.500, $ 2.500, $ 7.500 y $ 75.000, respectivamente. Es decir, por la prestación deficiente del servicio, cuya determinación in extenso se halla consignada en los Considerandos de la Resolución del ENRESS y que afectara a un importante número de usuarios (zona delimitada a fs. 187) durante un lapso temporal de al menos tres (3) días -15, 16 y 17 de septiembre de 2021- el órgano de control aplicó a la empresa prestataria una multa global de $ 87.500, la cual si bien se ajusta al plexo normativo vigente, esulta cuanto menos irrisoria" se señala en el escrito.

El defensor Jorge Henn también envió un oficio al Ente Regulador de Servicios Sanitarios, en  el que solicita extender el resarcimiento a 4 meses a partir de que sea efectiva la resolución, esto es, sobre tarifas actualizadas. 

Henn manifiesta que luce injusta la compensación a los vecinos afectados a través de las facturas de los meses de septiembre y octubre de 2021 -aún cuando le sean sumados los intereses de ley ya que por un lado se impone a los usuarios la carga burocrática de solicitar la devolución de las sumas abonadas para aquellos que la hayan efectivizado en tiempo y forma, y por el otro, se la realiza sobre tarifas desactualizadas, habida cuenta que mediante la resolución 104 del presente año el ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat, dispuso un incremento tarifario del 60%.

Finalmente, le pide al ENRESS que tome las medidas administrativas correspondientes para que la Gerencia de Atención al Usuario modifique la resolución correspondiente conforme con el criterio planteado precedentemente por esta Defensoría del Pueblo.

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