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La Justicia dipuso la continuidad del proceso de venta de las plantas de Sancor

La cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela rechazó los planteos de nulidad contra la resolución de primera instancia y dispuso la continuidad del proceso licitatorio.

La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela rechazó los planteos de nulidad contra el pliego aprobado en primera instancia y ordenó que el proceso licitatorio continúe, aunque con modificaciones en las condiciones de venta.

La decisión fue tomada este jueves, después de que la licitación permaneciera suspendida desde comienzos de julio a raíz de los recursos presentados contra el mecanismo diseñado por el juez de la quiebra, Marcelo Gelcich. El tribunal consideró que las cuestiones observadas podían ser subsanadas sin anular lo actuado ni comenzar nuevamente todo el procedimiento.

El fallo, de unas 70 fojas, mantiene el esquema general de la licitación y establece nuevas pautas para ordenar la siguiente etapa del proceso. Entre ellas, permite que las ofertas puedan realizarse por el conjunto de los activos o por lotes, pero obliga a comparar ambas alternativas antes de decidir la adjudicación.

La resolución se conoce después de que Atilra reclamara públicamente una definición de la Justicia. El gremio había advertido por el impacto de la demora sobre los trabajadores y sus familias y anticipó movilizaciones y otras medidas sindicales si no avanzaba el proceso.

Cambios en la licitación

Uno de los principales cambios definidos por la Cámara está relacionado con la forma de pago. Los compradores podrán abonar en pesos al tipo de cambio vendedor del Banco Nación correspondiente al día hábil anterior, mientras que los valores base de los activos continuarán expresados en dólares.

Además, antes de que se abran las ofertas deberá confeccionarse una grilla objetiva de evaluación, que establezca de antemano el peso que tendrán los distintos factores. El tribunal ordenó contemplar, entre otros elementos, el precio ofrecido, el carácter integral de la propuesta, la continuidad laboral y los antecedentes de los oferentes.

También deberán definirse con mayor precisión los contenidos del plan de negocios y el mecanismo para resolver eventuales empates entre propuestas.

La Cámara mantuvo la posibilidad de que los interesados presenten una oferta por la totalidad de los activos o por determinados lotes. Sin embargo, estableció que el juez deberá comparar expresamente el valor de una eventual oferta integral con la suma de las ofertas parciales antes de decidir la adjudicación.

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De esta manera, el tribunal mantuvo el esquema general previsto en primera instancia, pero incorporó pautas adicionales para la evaluación de las propuestas.

Otro de los puntos modificados alcanza a las tasaciones. La Cámara ordenó ampliar el informe elaborado por el ingeniero Pablo Bacchetta para determinar el valor probable de venta de cada planta y del conjunto de los activos, además de precisar el impacto que tuvo el incendio registrado en junio en la planta de Sunchales.

Los informes de valuación y sus papeles de trabajo deberán quedar incorporados al expediente y disponibles sin costo para los distintos actores de la quiebra.

Las marcas de SanCor

La resolución también establece pautas específicas para la planta de Sunchales y las marcas Mendicrim y Santa Brígida, que están alcanzadas por contratos de fideicomiso en garantía cuya validez y titularidad se discuten en otros expedientes.

La Cámara decidió que esos activos permanezcan dentro de la licitación, pero estableció un mecanismo para resguardar los derechos que están en discusión.

El comprador podrá tomar posesión de esos bienes y comenzar a utilizarlos desde la adjudicación. Sin embargo, la transferencia definitiva de la propiedad quedará supeditada a lo que determine la Justicia sobre los fideicomisos.

La parte del precio que corresponda a esos activos será depositada en una cuenta judicial a plazo fijo hasta que exista una resolución firme sobre su titularidad.

La resolución también fijó pautas para la actuación de los dos síndicos de la quiebra, Ignacio Martín Pacheco Huber y Juan Luis Tomat. La Cámara remarcó que ambos integran un único órgano de control y ordenó que presenten un protocolo de coordinación interna dentro de los próximos diez días.

A futuro, deberán canalizar sus diferencias mediante dictámenes conjuntos, dejando asentadas las eventuales disidencias.

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Diez empresas ya tienen el pliego

El tribunal resolvió además que las diez empresas que ya habían adquirido el pliego mantendrán esa condición y no tendrán que volver a pagar para participar. El juez de primera instancia deberá retomar el proceso y establecer un nuevo cronograma, sin necesidad de realizar una nueva convocatoria desde cero.

La licitación involucra seis unidades industriales, las marcas de la excooperativa, más de 1.500 acreedores y 914 trabajadores, de acuerdo con los datos considerados por la Cámara.

El impacto sobre el empleo fue uno de los elementos contemplados por los jueces al definir las nuevas reglas. Las ofertas deberán incluir un plan de empresa y la continuidad laboral será uno de los factores considerados al momento de evaluarlas.

La resolución se conoce después del reclamo de Atilra, que había cuestionado la demora en la definición judicial. En un comunicado difundido por su Consejo Directivo Nacional, el gremio sostuvo que la excooperativa lleva nueve años con salarios adeudados, un año y medio desde la apertura del concurso preventivo y cuatro meses desde la declaración de quiebra.

El sindicato sostuvo que la demora afecta tanto a los trabajadores como a los acreedores y remarcó que existen interesados que compraron los pliegos y que, según afirmó, están dispuestos a invertir para reactivar la producción.

Con el fallo de este jueves, el expediente vuelve al juzgado de Gelcich y la licitación puede continuar bajo las nuevas condiciones fijadas por la Cámara. El juzgado deberá establecer los próximos plazos y avanzar hacia la apertura de las ofertas.

Los activos de SanCor habían sido valuados judicialmente en u$s52,1 millones, de los cuales u$s24,7 millones corresponden a marcas y otros bienes intangibles. El proceso de venta definirá si esos activos son adjudicados mediante una propuesta integral o a través de la venta de los distintos lotes.

Fuente: Ambito Financiero

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