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El ministro de Gobierno de Chubut afirmó sentir vergüenza por lo resuelto por un fiscal

Se refirió a la descripción de "desahogo sexual" con el que el fiscal Fernando Rivarola, a cargo de la causa conocida como "la manada de Chubut", describió la conducta de los violadores a la hora de cerrar un "juicio abreviado". Pidieron su destitución ante el organismo que analiza la conducta de los magistrados.
LUNES 08 DE JUNIO DE 2020

José Grazzini, ministro de Gobierno y Justicia de la provincia de Chubut, dijo esta mañana haber sentido verguenza e indignación por la modificación de la carátula de un crimen tan aberrante como la violación por desahogo sexual".

 "Apenas conocido el fallo el Gobernador nos instruyó a que denunciemos al fiscal para que se lo someta a juicio político. El viernes ingresamos la denuncia. Los plazos para su tratamiento son relativamente cortos", indicó esta mañana Grazzini.

El Ministro agregó "no entender la aplicación de tales términos para una figura tan aberrante como una "violación en manada". Agregó que "la figura del juicio abreviado sólo se utiliza para causas menores".

En enero de 2019, una joven denunció que fue violada por un grupo de jóvenes en una casa del balneario Playa Unión, de la ciudad de Rawson, Chubut. Según su relato, el hecho ocurrió el 22 de septiembre de 2012, cuando ella tenía 16 años, en el marco de una fiesta. En su momento, la denuncia tomó gran repercusión y la Justicia abrió una investigación de oficio. Cinco adolescentes fueron imputados por “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.

La semana pasada, y tras varios meses de recabar pruebas, se conoció que el fiscal del caso, Fernando Rivarola, avanzó en la resolución de la causa al acordar un juicio abreviado con los imputados, lo que implica una pena menor y una aceptación de la culpa de los acusados. También hubo aceptación de la víctima, lo que es requerido por la ley.

En su dictamen, el fiscal modificó la calificación legal de “abuso con acceso carnal” por la de “abuso sexual simple, agravado por la participación de dos o más personas”, y argumentó el pedido de juicio abreviado utilizando la definición “accionar doloso de desahogo sexual”. 

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