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Un decreto de la última dictadura es el que sigue regulando las penas y beneficios para los menores con conductas delictivas

El licenciado Osvaldo Marcón, especialista en minoridad y justicia, comentó por LT9 los fallos conocidos en los últimos días que involucran a personas de menos de 18 años que cometieron asesinatos: puntualmente el que benefició al femicida de Chiara Páez y a la asesina de Fernanda Chicco, ambos menores al momento de cometer los hechos.
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022

El licenciado Osvaldo Marcón, especialista en minoridad y justicia, comentó por LT9 los fallos conocidos en los últimos días que involucran a menores que cometieron asesinatos: puntualmente el que benefició al femicida de Chiara Páez y a la asesina de Fernanda Chicco, ambos menores al momento de cometer los hechos. 

"El sistema aplica normas jurídicas que están vigentes, que las interpreta. En el caso de Argentina tenemos un Decreto 22.278 de la última dictadura. Esa ley se intentó cambiar en varias ocasiones, como es nacional lo aplican todas las provincias, pero nunca se logró modificar. La última tentativa fue con el Gobierno anterior", aseguró Marcón en diálogo con Osvaldo Medina y Mariano Bravi en Primera Mañana. 

Se trata de la norma que establece que "toda persona que no tiene 16 años cumplidos al momento de tener una conducta delictiva no es punible. Es decir, que no se le puede aplicar penas, en ninguna pena ni en ningún caso. Si tienen 16 o 17 años, es punible pero parcialmente. Punibilidad relativa le llaman, si el delito es grave. Pero no es punible, con 16 o 17 años, si el delito que cometió supone una pena que no pasa los dos años", explicó. 

"Cuando tienen 16 o 17 y se comete un delito grave, como lo es el homicidio, ahí juega la interpretación de los jueces. En general, no es común que los jueces de menores ante un homicidio dejen en libertad a una persona, salvo que no existan elementos para determinar si cometió el hecho o no", afirmó el especialista. 

Además, continuando con el razonamiento de que "los jueces aplican pero también interpretan la ley", Marcón señaló que "en general" los magistrados van "por el camino de la privación de la libertad, siempre que haya elementos que hagan suponer con certeza que la persona cometió el hecho". 

Consultado sobre las formas que debe encontrar la sociedad, a través de las instituciones, de que los menores paguen por las conductas delictivas que cometen, el licenciado remarcó que "la experiencia latinoamericana y nacional indica que la reacción a través de la pena no da los resultados que la ciudadanía quiere". 

"Uno entiende que ante un hecho grave se pida privación de la libertad. Ahora eso donde se aplicó agravó la situación. Esto no quiere decir que ante un hecho, graves o menores, no se deba hacer nada. Lo que está en discusión es cómo reacciona el Estado frente a una persona de esta edad que comete un delito. La discusión es el modo, porque la reacción de la pena no está logrando resultados", aseguró. 

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