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El Gobierno de Santa Fe puso en marcha el plan “Protegé tu casa”

Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección Provincial del Registro General de la Propiedad se pone en marcha el programa que brinda asesoramiento y simplifica el trámite de Afectación de la vivienda, lo que antes se denominaba "Bien de Familia".
JUEVES 09 DE AGOSTO DE 2018

Se trata de un proceso destinado a garantizar el derecho a la vivienda a toda la ciudadanía. Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección Provincial del Registro General de la Propiedad se pone en marcha el programa que brinda asesoramiento y simplifica el trámite de Afectación de la vivienda, lo que antes se denominaba "Bien de Familia". los santafesinos.

La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar frente a las adversidades económicas; su principal efecto consiste en que el inmueble afectado no podrá ser ejecutado por las deudas que contraiga su titular con posteridad a la afectación. Mediante un trámite gratuito, que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este derecho.

Se puede aplicar a cualquier inmueble que tenga como destino la habitación del grupo familiar o la persona constituyente. Puede ser urbano o rural y no puede afectarse más de un inmueble. Incluso puede llevarse a cabo cuando la casa está hipotecada o embargada, pero la protección tendrá efecto para las deudas que se contraigan posteriormente, no respecto a las anteriores.

Esta afectación no protege frente a deudas por: expensas comunes e impuestos, tasas o contribuciones del inmueble, garantías reales, deudas por construcciones y mejoras en la vivienda, y obligaciones alimentarias.

El trámite lo pueden realizar las personas titulares registrales de la vivienda. En el caso de ser varios propietarios, deben solicitarla todos conjuntamente.

La protección beneficia no solo al afectante en su propio beneficio, sino también a cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos) y descendientes (hijos, nietos). A falta de los anteriores mencionados, pueden designar a sus parientes colaterales hasta el tercer grado con la obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, tíos, sobrinos).

Para realizar el trámite, El o los titulares pueden concurrir al Registro General de la Propiedad de Rosario o Santa Fe, o a sus sedes en los nodos Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista, donde podrán evacuar todas las consultas y realizar el trámite. A su vez el Registro realizará Jornadas de Tramitación Externa, en distintos municipios y comunas de la provincia, para generar un mayor acceso a este derecho a todos los ciudadanos santafesinos.

Documentación a presentar:

DNI de la o las personas titulares del inmueble (Afectantes),

DNI de la o las personas beneficiadas,

Título de propiedad original,

Última boleta del Impuesto Inmobiliario (API),

Documentación que acredite el vínculo entre las personas afectantes y las beneficiadas (Actas de Matrimonio, Uniones Convivenciales, partidas de nacimiento, etc.)

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