La Cámara de Diputados aprobó el martes el proyecto de ley que propone la creación de un "Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres", para que los representantes de los tres poderes del estado se capaciten en cuestiones relacionadas al género y a la violencia hacia las mujeres.
La iniciativa, que fue bautizada como "ley Micaela" en homenaje a la joven asesinada en Entre Ríos en 2016, recibió el voto afirmativo de 171 diputados y uno en contra, el del legislador salteño Alfredo Olmedo, aunque hubo un alto nivel de ausentismo, ya que 173 legisladores se hicieron presentes y 84 estuvieron ausentes.
Finalmente, durante la tarde de este miércoles, la Cámara de Senadores convirtió formalmente y por unanimidad el proyecto en ley con 59 votos a favor.
Los siguientes son los puntos más importantes contemplados en la Ley Micaela aprobada en la Cámara alta:
- Formación y capacitación con perspectiva de género del personal que se desempeña en los tres poderes del Estado.
- Creación del Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres.
- Cacitación de las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria; en cargos electivos, por concurso o por cualquier otro medio legal de contratación.
- Fija como autoridad de aplicación en el ámbito del poder Ejecutivo al Consejo Nacional de las Mujeres y al Ministerio de Modernización, o las dependencias que en el futuro las reemplacen.
- Obliga a los poderes Legislativo y Judicial a designar la autoridad de aplicación en sus respectivos ámbitos, en un plazo de 30 días contados desde la promulgación de la ley.
- Hace obligatorio para todo el personal alcanzado por esta ley cursar y aprobar cada año una capacitación en gestión con perspectiva de género de acuerdo con contenidos curriculares mínimos.
- Otorga carácter obligatorio y requisito necesario a esos contenidos para la promoción a niveles superiores por concurso o progresión de la capacitación creada en esta norma.
- Establece como falta grave negarse a cumplir con esa capacitación, lo que dará lugar a sanción disciplinaria y obstaculizará los ascensos.
- Prevé la participación -en todas las instancias- de las organizaciones sindicales del sector en resguardo de los intereses de las personas que trabajan en la función pública.
- Encomienda al Consejo Nacional de las Mujeres diseñar los contenidos mínimos, curriculares en un plazo máximo de 180 días desde la promulgación de la ley.
- Dispone que esos contenidos deben velar por la sensibilización de las personas en función de prevenir la violencia de género a través de provisión de estándares, protocolos de trabajo y recomendaciones de buenas prácticas.
- Prevé la implementación de mecanismos ecaces de participación de la sociedad civil y sus organizaciones en la elaboración de las directrices de la capacitación en perspectiva de género.
- Dispone la inclusión en los materiales de una reseña de la vida Micaela García, militante social y política en cuya memoria se instituye este programa, y de otras víctimas de femicidio, así como de la historia de organización y lucha del movimiento de mujeres en Argentina.