La diputada nacional Silvina Frana presentó un proyecto de Ley para que se declare zona de desastre y emergencia hídrica por 180 días a todas las localidades santafesinas afectadas por las intensas lluvias y anegamientos.
“El gobierno provincial no puede hacerle frente solo a esta emergencia y por eso, necesitamos más recursos del gobierno nacional para paliar esta nueva crisis” sostuvo Frana. Agregó que “ante emergencias de este tipo las respuestas deben ser rápidas y la ayuda no puede hacerse esperar. Además de toda la gente que está sufriendo, hay pérdidas millonarias para los productores, gente que perdió su casa, cortes de luz y serios riesgos sanitarios. Con este proyecto pedimos rapidez en la ayuda provincial y nacional para asistir a los damnificados y reconstruir las economías locales que están siendo afectadas”.
La legisladora santafesina explicó que este proyecto de Ley que amplía los alcances de los beneficios otorgados por la declaración de emergencia nacional, incorporando una batería de exenciones y beneficios para los damnificados, incluyendo por el momento a los departamentos 9 de Julio y Vera.
Puntos claves de la Emergencia
El pedido de declaración de Emergencia otorga facultades al Ejecutivo Nacional, para adoptar medidas especiales y excepcionales, dada la gravedad del fenómeno climático.
Entre los principales artículos se solicita eximir total o parcialmente u otorgar prórrogas al vencimiento del pago de los impuestos que graven el patrimonio, los capitales, o las ganancias de las explotaciones afectadas cuyos vencimientos se operen durante el período de vigencia del estado de emergencia o zona de desastre.
Asimismo, eximir total o parcialmente u otorgar prorrogas de los impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta sobre aquellos bienes pertenecientes a explotaciones agropecuarias e inmuebles rurales arrendados respectivamente, ubicados dentro de la zona de desastre y afectados por esa situación extraordinaria.
Conceder un Incremento del cien por ciento de la Asignación Universal por Hijo, de la Asignación por Embarazo, a las Asignaciones Familiares por Hijo, Hijo con Discapacidad y Prenatal que corresponda abonar a los trabajadores en relación de dependencia y a los beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo, a los del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y a los de la Prestación por Desempleo, para la región afectada por las inundaciones.