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La Corte de Santa Fe restringió la actividad judicial hasta el 31 de marzo

En sintonía con la resolución del máximo tribunal nacional, la corte emitió una acordada con restricciones preventivas por la pandemia de coronavirus.
LUNES 16 DE MARZO DE 2020

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe decidió la suspensión "exclusiva de los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en todas las unidades jurisdiccionales con sede en las cinco Circunscripciones Judiciales de la Provincia" desde este martes hasta el 31 de marzo, en el marco de las acciones que lleva adelante el Estado nacional y los gobiernos locales por la emergencia sanitaria a partir de la pandemia por coronavirus.

La resolución del máximo tribunal provincial sigue la dirección dispuesta por la Corte Suprema nacional que esta tarde declaró "inhábiles" los días quedan de marzo, al tiempo que pidió a los tribunales nacionales y federales garantizar "guardias mínimas".

La Corte santafesina, además, suspendió "todos los cursos de capacitación organizados por el Centro de Capacitación Judicial de la Provincia u otros organismos" y otorgó una licencia con goce de haberes desde hoy hasta el 31 de marzo a todos los agentes comprendidos dentro de los "grupos de riesgo": 
  • Personas que hayan cumplido 65 años 
  • Embarazadas
  • Personas con depresión inmunológica 
  • Personas insulino dependientes Tipo 1
  • Personas con insuficiencia renal 
  • Personas hipertensas o con patologías cardiovasculares
  • Personas transplantadas
  • Pacientes oncológicos
  • Personas con antecedentes de patologías respiratorias crónicas o cursando infecciones respiratorias

Dentro de las disposiciones se contempla que las oficinas dependientes de los órganos jurisdiccionales tomen las precauciones correspondientes vinculadas a las "prevenciones sanitarias e higiénicas y a hacer efectivas las pautas de distanciamiento de seguridad y otras necesarias para evitar aglomeraciones".

Por último, el documento de la Corte provincial solicita "hacer saber a los litigantes, profesionales y público en general todo lo antes dispuesto con la finalidad de reducir, en la medida que resulte posible, la concurrencia y/o aglomeración de personas y eventualmente, de ser factible y estar autorizado, gestionar el trámite o información requerida por vía telefónica o electrónica; a fin de disminuir la concurrencia de personas a los Tribunales de la Provincia".

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