La Comisión Directiva del Centro Unión Empleados de Comercio rechazó de sobremanera las publicaciones realizadas en el día de la fecha por los medios digitales informativos de la ciudad que exponen un acuerdo sobre el pago de aguinaldo.
Además, el CUEC ratificó de manera implícita en todos sus términos el art 122 de la Ley de Contrato de Trabajo, que sostiene que “el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”.
“El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año” agregan en el comunicado.