En un fallo histórico por lo inédito, el juez civil y comercial de Rosario, Marcelo Coaglia, le reconoció una indemnización y compensación a una mujer por los trabajos domésticos que realizó durante los siete años de convivencia con su pareja, en el marco de un juicio de resarcimiento por separación.
En diálogo con Primera Mañana por LT9, la patrocinante de la víctima, María Belén Marzetti, explicó los pormenores de la sentencia con perspectiva de género que puede sentar jurisprudencia para aplicarse en casos similares.
"Luego de las etapas propias de todo proceso judicial el juez resuelve, en base al principio de enriquecimiento sin causa, condenar al demandado a pagar una suma de dinero equivalente al 25 % del valor real de los bienes, teniendo en cuenta para su fijación no solo los aporte de capital que se demostraron en el juicio sino también los quehaceres domésticos", destacó la abogada.
Y añadió: "Los considera como aportes económicos indirectos y resalta el hecho que los quehaceres domésticos insumen una cantidad real de tiempo por lo tanto es justo que sean traducidos en un valor económico".
El caso es el de una pareja que convivió unos siete años compartiendo un proyecto de vida en común. "No estaban casados, sino en unión convivencial, y con aportes de ambos se adquiere durante la relación un inmueble al cual se le realizan importantes refacciones y ampliaciones, y un automóvil. Por razones de comodidad se inscriben bajo la titularidad exclusiva del conviviente masculino", relató Marzetti en diálogo con Osvaldo Medina.
Durante ese tiempo, familiares de la mujer dedicados a la construcción contribuyeron a las mejoras del inmueble, además de los aportes propios por el trabajo particular que ejercía y de los trabajos domésticos que ella realizaba unilateralmente. "Estas tareas le permitieron a su conviviente trabajar con tranquilidad e incrementar su patrimonio, salía a trabajar jornada completa teniendo la tranquilidad de llegar a su casa y no tener que ocuparse de nada, lo cual contribuía a su bienestar", explicó.
"Al terminar la unión convivencial estos bienes quedan en poder del hombre, ya que estaban bajo su titularidad exclusiva, quien siguió habitando el inmueble y haciendo uso del auto. Extrajudicialmente en un principio solicitó un reconocimiento por los aportes que ella había hecho y frente a la negativa se inició una demanda judicial", resumió la letrada.
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