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Ya está en vigencia la ordenanza que prohíbe la pirotecnia en la ciudad

La norma fue sancionada por el Concejo Municipal con el aval de todos los concejales el mes pasado y fue promulgada por el Ejecutivo hace unos 15 días, es decir que desde el 7 de noviembre está en vigencia. Ahora resta establecer de qué manera se aplicará.
MIÉRCOLES 22 DE NOVIEMBRE DE 2017

Esta ordenanza prohíbe "en todo el ámbito del ejido municipal la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia o cohetería".

En este sentido, se considera artefacto pirotécnico o de cohetería al destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles mecánicos o audibles, estando incluidos todos aquellos que se enciendan o accionen mediante el uso de mecha, combustión o fricción. 

La aplicación se irá dando en forma progresiva durante dos años.

Es decir que el Ejecutivo Municipal "deberá determinar en este plazo máximo e improrrogable la instrumentación progresiva de lo dispuesto, otorgando mayor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan menor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso, contemplando otorgar el menor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan mayor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso", establece uno de los artículos.

Al mismo tiempo la norma prevé la aplicación de sanciones que van desde una multa de un salario mínimo vital y móvil (hoy $8.860) y decomiso de mercadería; a una pena de dos salarios mínimo vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio por un día en caso de una segunda infracción; y un castigo de tres o cuatro salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio de dos o cinco días, en caso de reincidir por tercera vez.

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