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Programa Registradas, inscripción hasta el 30 de junio de 2022

Se trata de un programa nacional de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares.

— Anahí Bruno

LUNES 14 DE MARZO DE 2022

A 9 años de la sanción de la Ley 26.844 del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, el Gobierno Nacional impulsa el Programa Registradas.

Se trata de un programa nacional de recuperación económica, generación de empleo e inclusión social para las trabajadoras y los trabajadores de casas particulares que tiene como objetivo generar nuevos puestos de trabajo en el sector de trabajadoras de casas particulares. La iniciativa busca reducir la informalidad, garantizar la permanencia en un empleo registrado y promover la bancarización.

La inscripción al programa debe ser solicitada por la parte empleadora a través del servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares” hasta el 30 de junio de 2022 en www.afip.com.ar  

Registradas es compatible con la Asignación Universal por Hijo, Asignación universal por embarazo, Tarjeta Alimentar, Progresar y Potenciar Trabajo. Para acceder al beneficio las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora. Asimismo, deben desempeñar tareas enmarcadas dentro de las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales.

¿Cómo funciona?

El programa REGISTRADAS consiste en la transferencia de un porcentaje del salario durante 6 meses a las nuevas trabajadoras registradas. 

El beneficio será aplicable para el alta de una sola relación laboral por cada parte empleadora. A su vez, cada empleada de casas particulares podrá estar registrada en este programa una sola vez.

Monto del beneficio

Dependerá del ingreso bruto mensual del empleador o la empleadora:

  •  
  •  Cuando los ingresos brutos mensuales sean menores a $122.500, la transferencia será del 50% de la remuneración neta mensual según el convenio colectivo del sector. 
  •  En los casos que el ingreso se ubique entre $122.500 y $175.000, será del 30% de la remuneración neta mensual.

El monto mensual máximo del beneficio será de $15.000 en todos los casos.

Para la determinación de la suma dineraria prevista se tomará como base de cálculo la remuneración neta mensual mínima de la trabajadora a cuyo fin se aplicarán los siguientes criterios:

  1.  
  2.  Cuando la jornada laboral sea menor a 24 horas semanales, se tomará el valor hora correspondiente a la categoría y a la modalidad en que se desempeña la trabajadora, multiplicado por la cantidad de horas declaradas en concepto de jornada de trabajo. 
  3.  Cuando la jornada laboral sea igual o mayor 24 horas semanales, se calculará el proporcional de la remuneración mensual para la categoría y la modalidad en que se desempeña la trabajadora, en relación a la jornada de trabajo mensual declarada.
    La liquidación y pago del beneficio se realizará mediante el servicio del programa REPRO II.

Tutorial para tramitar el beneficio del Programa Registradas:https://www.youtube.com/watch?v=UuiWy5AwO98

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