Gendarmería Nacional podrá controlar el cumplimiento de las normas de tránsito en las rutas, autovías y autopistas nacionales, incluyendo la aplicación de multas, según una modificación por decreto del presidente Mauricio Macri.
"La Gendarmería Nacional y la Agencia Nacional de Seguridad Vial tendrán a su cargo la constatación de infracciones de tránsito en rutas, autopistas, semiautopistas nacionales y otros espacios del dominio público nacional", dice el texto que fue introducido al artículo 2° de la Ley Nacional de Tránsito (24.449).
"Facúltase a la Gendarmería Nacional y a la Agencia Nacional de Seguridad Vial a actuar de manera complementaria con los organismos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectados a las tareas de prevención y control de tránsito", dice el texto.
Otra modificación es la obligatoriedad de usar casco para andar en cuatriciclo. Con el cambio, ahora serán considerados como un "vehículo automotor", con lo cual también deberán tener licencia para conducir de una categoría especial y seguro obligatorio.
Como las compañías aseguradoras no expiden pólizas a vehículos sin dominio, los cuadriciclos deberán tener algún tipo de patente. Sin embargo, no podrán circular por cualquier lado: estarán "circunscriptos a terrenos públicos delimitados por autoridades locales", además de predios privados.
El decreto presidencial también incorpora a la Ley Nacional de Tránsito los vehículos eléctricos de fabricación nacional, como bicicletas con sistema de pedaleo asistido y motos eléctricas.