La Cámara de Casación de Concordia resolvió este lunes confirmar la condena a Ángel Fabián Constantino, intendente, con licencia, de la localidad entrerriana de Gilbert, a 14 años y seis meses de prisión, como culpable de abuso sexual contra tres empleadas municipales.
En marzo pasado, un Tribunal de Gualeguaychú condenó a Constantino por tres hechos de "abuso sexual simple y con acceso carnal, y abuso sexual con acceso carnal en la tercera denuncia reiterados, en concurso real", y lo benefició con prisión domiciliaria en su vivienda, donde abrió una pollería y permanece con custodia policial y tobillera electrónica.
Tras el análisis de numerosas pruebas y archivos, y de cerca de 80 testimonios, entre los cuales los de las víctimas, peritos, testigos de las situaciones y psicólogos, el Tribunal comprobó que se cometieron múltiples abusos al menos entre 2018 y junio del 2021.
Gilbert, una localidad de no más de 1.500 habitantes, ubicada a unos 75 kilómetros de Gualeguaychú, en el sureste de Entre Ríos, es un pueblo "chico, con pocas fuentes de trabajo", remarcó a Télam la fiscal Cedrés, y al tratarse del intendente, "existió miedo" a declarar.
"Hay otras personas mayores de edad pero no quisieron radicar (la denuncia) porque es un pueblo y hay un miedo subjetivo de un juicio de valor, pero toda víctima tiene su tiempo", explicó.
La fiscal precisó que el funcionario también realizó actos de exhibicionismo, aunque no se pueden iniciar causas judiciales ya que no está tipificado como delito en el Código Penal.
Todo eso, consideró Cedrés, "da un panorama de su forma de manejarse con las mujeres: conductas sexuales sucesivas, intimidación y acoso".
Mientras avanzaba la investigación en su contra y pesaban sobre él las medidas restrictivas, Constantino se acercó a las víctimas en varias oportunidades, por lo que permaneció 24 horas detenido el 26 de agosto de 2021 y llegó a juicio con prisión domiciliaria.
El ex intendente pidió licencia con goce de sueldo recién luego de que el gobernador Gustavo Bordet enviara a la Legislatura un pedido de intervención del Municipio; y, tras la condena, la solicitó sin haberes.
Por otro lado, sus abogados defensores Fabián Otarán, Mario Arcusín y Micaela Baptista, apelaron la sentencia frente a la Cámara de Casación de Concordia, y previo al inicio del juicio, Arcusín dijo que a su defendido "le habían hecho una cama, quizás por celos y para bajarlo de la política porque tiene atractivo sobre las mujeres, siempre tuvo auto y formación".
"Según el Derecho Penal, todas las relaciones con menores de 15 son abusos con acceso carnal, de 15 a 18 se llama estupro y se supone que una menor de 18 años no tiene conciencia, y no entiende o le parece un juego, aunque ya sabemos que una de 12 tiene más conciencia que yo de 66", consideró el abogado.
Ante ello, el Instituto de Mujeres, Géneros y Disidencias del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos repudió "tajantemente" esas declaraciones, señalaron que "ningún profesional del derecho puede hacer apología del delito sexual, ni justificar conductas abusivas", y exigieron la aplicación de la ley Micaela "para todos y todas las profesionales del derecho".
Este lunes, la Sala II de la Cámara de Casación de Concordia rechazó el recurso interpuesto por la defensa, y confirmó la condena contra el intendente.
Con esta decisión, comienza a correr el lapso para que la defensa recurra al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer) para que analice la sentencia y que no sea considerada firme y de cumplimiento efectivo, lo que rechazaron desde la querella y la fiscalía.
La condena "fue muy correcta y apegada a derecho", dijo a Canal Once el abogado querellante, Juan Ignacio Weimberg, y resaltó que permitió "llevarle mucha paz" a las víctimas, junto con la "visibilización y provincialización del tema".