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Rige el aumento del salario mínimo: de cuánto es y en qué otros haberes impacta

En septiembre se cobra el tercer tramo del aumento, con una suba del 6%. Este ajuste tendrá repercusiones en otras ayudas, como Potenciar Trabajo, Plan Acompañar y el Fondo de Desempleo.
LUNES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2023

El Consejo del Salario en su última reunión definió un aumento del 34% para el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) a implementar en tres pagos. El último, se cobra en septiembre a la espera de una nueva negociación que se espera para mediados del mes.

El primer incremento fue en julio, mes en el que se aumentó un 20%. De esta manera, el valor del salario ascendió a $105.500. La segunda fase de la suba fue en agosto, cuando subió un 8% y llegó a un salario a $112.500.

Finalmente, en septiembre es el turno del tercer tramo del aumento, con una suba del 6%. En este caso, el salario alcanzará los $118.000.

Estos ajustes tendrán repercusiones en otras ayudas, como Potenciar Trabajo, Plan Acompañar y el Fondo de Desempleo.

La Ley Nacional de Empleo (Ley Nº 24.013) establece el concepto de Salario Mínimo, Vital y Móvil como "la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión".

Determina que "todo trabajador mayor de dieciocho (18) años tiene el derecho a recibir una compensación no inferior al salario mínimo, vital y móvil, determinado según las disposiciones legales y los organismos pertinentes".

El salario mínimo, vital y móvil es también inembargable, excepto en casos de obligaciones alimentarias.

El importe y el método de entrega del Salario Mínimo, Vital y Móvil son establecidos a través de conversaciones anuales entre representantes del Gobierno, los sindicatos y las empresas.

Estos delegados conforman el Consejo Nacional de Empleo, Productividad y Salario, Mínimo Vital y Móvil (CNEPSMVM), compuesto por un total de 48 miembros distribuidos equitativamente en tres categorías con 16 representantes cada una.

La presidencia del CNEPSMVM es ejercida por un individuo seleccionado por el Ministerio de Trabajo, quien también asume la responsabilidad de convocar reuniones del consejo en caso de considerar necesario actualizar el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Estos encuentros son esenciales para abordar la situación económica y laboral del país y asegurar una adaptación adecuada del salario mínimo a las circunstancias actuales.

Aumento del Salario Mínimo: para qué sirve

El Salario Mínimo, Vital y Móvil se utiliza por ejemplo como parámetro para determinar los haberes de los jubilados, las aprobaciones de ciertos créditos bancarios y hasta las becas Progresar para estudios de educación superior.

También es un estándar del cual dependen muchos otros programas y subsidios que otorgan los distintos niveles del Estado a las poblaciones más vulnerables. Por ejemplo, el Plan Potenciar Trabajo y la Prestación por Desempleo.

Y si bien cada sector desarrolla negociaciones paritarias entre empleadores y sindicatos, ninguno de los acuerdos de sueldos alcanzados en esas discusiones puede fijar cifras de remuneración menores al Salario Mínimo Vital y Móvil.

El Salario Mínimo, Vital y Móvil debe cumplir, según la ley, estas tres funciones básicas:

-ser la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia por su jornada laboral.

-asegurarle al trabajador alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional.

-ajustarse periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de vida.

Sin embargo, es muy difícil que el Salario Mínimo, Vital y Móvil cumpla con todas esas condiciones si se encuentra incluso por debajo de la canasta básica que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)

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