Un grupo de vecinos de la ciudad de Sastre y Ortiz logró, luego de una batalla judicial de cinco años, que la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe ratifique una sentencia que impide fumigar con agroquímicos a menos de mil metros del radio urbano, ante lo cual el municipio local recurrió en queja a la Corte Suprema de la Nación.
Los vecinos presentaron un amparo ambiental colectivo debido a la proliferación de problemas de salud que adjudican a la fumigación con agroquímicos a pocos metros de la población, que motivó una sentencia favorable del juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail.
Hace unos días, la Corte Suprema de Justicia provincial ratificó el fallo de primera instancia, que ya había sido avalado por la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, y rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el municipio y un grupo de productores agrícolas.
El pronunciamiento de la Corte santafesina indica que "la Cámara resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que, en lo que aquí resulta de interés, había hecho lugar a la acción de amparo colectivo ambiental, declarando la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 9 segundo punto de la ordenanza municipal número 1174".
De esa forma, el máximo tribunal provincial dictaminó como válido que se establezca "un perímetro de exclusión o reserva de 1.000 metros a contar desde el límite de la planta urbana de la localidad de Sastre y Ortiz (Santa Fe) dentro del cual quedan prohibidas las fumigaciones terrestres con todo tipo de agroquímicos".