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Juicio por jurados en Santa Fe: ¿Quiénes integran el padrón inicial?

El Gobierno de la Provincia realizó la primera selección de las y los ciudadanos que conformarán el padrón principal de los Juicios por Jurados. Fue realizado por sorteo, mediante la Lotería de Santa Fe, partiendo del listado de los ciudadanos santafesinos que están habilitados para formar parte.
LUNES 16 DE DICIEMBRE DE 2024

El gobierno de la provincia realizó la primera selección de las y los ciudadanos que conformarán el padrón principal de los Juicios por Jurados. Fue realizado por sorteo, mediante la Lotería de Santa Fe, partiendo del listado de los ciudadanos santafesinos que están habilitados para formar parte.

De esta forma, seis de cada mil ciudadanos serán sorteados, y un total de diez mil personas conformarán el padrón inicial. Se puede conocer si uno fue seleccionado o no ingresando el número de Documento Nacional de Identidad en el link del sitio oficial de la provincia.

¿Cuáles son los requisitos para ser jurado? 

Los requisitos son: ser argentino nativo o naturalizado con cinco años de ciudadanía, tener entre 18 y 75 años y tener residencia permanente no menor a cuatro años en la Provincia y dos en territorio del Tribunal.

Se respetará el cupo femenino, masculino y no binario. Y están exceptuados de formar parte quienes ocupen altos cargos políticos, jueces, abogados, fuerzas de seguridad, imputados y condenados.

La normativa fue promulgada en el mes de marzo, mientras que en junio pasado una mesa de implementación para este nuevo sistema de enjuiciamiento decidió comenzar con esta modalidad por las circunscripciones de menor complejidad con el objetivo de ajustar detalles y luego llegar a los mayores centros urbanos (Rosario y Santa Fe) para 2025, con una experiencia previa que permita abordar esas regiones que estadísticamente presentan mayor número de causas al año, vinculadas a delitos que pueden abordarse por los jurados populares.

Esta modalidad de resolución judicial está prevista para cuatro tipos de delitos penales: el homicidio calificado, el crimen de odio o el abuso sexual seguido de muerte, el robo seguido de muerte y el enfrentamiento de las fuerzas de Seguridad que termina con la muerte de un civil.

¿Cómo se eligen los jurados?

Los delitos comprendidos en la posibilidad de Juicio por Jurado comenzarán a celebrarse con 12 miembros más dos suplentes, elegidos por sorteo entre los habitantes de la región, y entre 36 personas previamente convocadas a esos efectos y que pasarán por el tamiz de la fiscalía y la defensa para depurar la lista hasta llegar a la docena que deberá, además, estar conformada respetando la paridad.

La convocatoria será una carga pública y está previsto viáticos en caso de tener que trasladarse, y al igual que en el caso de las elecciones, quienes sean seleccionados contarán por ley con el resguardo de su puesto de trabajo y un pago diario de aproximadamente medio jus, que es la unidad que regula los honorarios jurídicos.

En el proceso del juicio, primero se buscará la unanimidad del veredicto y cuando esto no fuera posible se utilizará la "mayoría agravada", es decir, se necesitará un mínimo de 10 votos. Una vez decidido esto, el juez será quien imponga la pena.

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