El fallo implica un respaldo a la investigación realizada por Ramos Padilla ya que dispuso que el Juzgado Federal de Dolores sea el Tribunal Federal que “continúe provisoriamente a cargo del conocimiento y la investigación de las actuaciones principales por ser el Juez que ha prevenido en estas actuaciones”.
El caso comenzó por una extorsión a un empresario agropecuario, Pedro Etchebest, pero luego se amplió a maniobras de espioanaje ilegal que habrían sido realizadas por una organización ilícita que alcanza a políticos, periodistas, agentes de inteligencia, ex policías bonarerenses.
Para la Cámara, declarar la incompetencia de Ramos Padilla, como pretendía el propio fiscal del caso Juan Pablo Curi, o el imputao Stornelli, “devendría prematura en virtud del estado embrionario de la investigación en curso” y al “no contarse con el análisis de todos los elementos de juicio relevantes para precisar debidamente el contorno delictivo investigado”.
La Cámara dispuso que el juez deberá “disponer con la celeridad que el caso impone, la realización de todas aquellas medidas procesales pendientes tendientes a una integral determinación de los hechos que constituyen el objeto del proceso, y asignar el encuadre jurídico en los términos típicos que correspondan; todo ello por no haberse podido establecer con la precisión exigida por la ley ritual el concreto y certero lugar de la comisión del hecho principal al que alude el art. 37 del código ritual (principio del “forum comissi delictii), y sin perjuicio de que la cuestión pudiera ser reexaminada en la forma y términos que pudieran corresponder".
Fuente: minuto Uno