El titular de la Fiscalía Federal N°1 de Santa Fe, Gustavo Onel, solicitó el procesamiento del presidente del Club Atlético Unión Luis Spahn por el delito de retención indebida de tributos por el que fuera indagado semanas atrás.
De acuerdo a la investigación judicial, el empresario y dirigente futbolístico habría omitido realizar el depósito correspondiente a las retenciones prácticas en el Impuesto a las Ganancias dentro de los 30 días corridos de vencido el plazo que establece la ley, y por un período que se extendió durante todo el año pasado. Tal circunstancia habría ocasionado un perjuicio al erario público estimado en cerca de dos millones de pesos.
El dictamen del representante del Ministerio Público Fiscal señala además que el análisis de la información relevada permitió concluir que el contribuyente tuvo disponibilidad de fondos suficientes para hacer frente a sus compromisos como agente de retención, y no los depositó tal como estaba obligado.
La Fiscalía indicó que si bien la deuda reclamada se encuentra cancelada, "lo cierto es que dicha cancelación ocurrió luego de transcurridos 30 días del vencimiento y de conformidad que establece el Artículo 16 del título IX de la ley 27.430, el delito perseguido no encuadra dentro de los tipos delictuales que están alcanzados por el beneficio establecido para que el instituto de extinción de la acción penal proceda".
Ello encuentra fundamento, según la jurisprudencia citada por el fiscal, en la circunstancia de que en esos casos el tributo no le pertenece al agente de retención, quien en su carácter de responsable de deuda ajena asume un rol de destacada importancia pues "reemplazan íntegramente al sujeto pasivo y liberan a este de la obligación, de modo tal que si distrae los fondos en beneficio propio, sin ingresarlos al fisco, éste no puede formular reclamo alguno contra el deudor, pues quedo liberado al sufrir la amputación patrimonial dispuesta por la ley", explicaron.
En su declaración indagatoria, Spahn había desconocido la existencia de deuda alguna y deslindó responsabilidad en las personas a cargo de la Tesorería del club Tatengue, argumento que fue rechazado por la Fiscalía.
"La intervención a la que se hace referencia aparece verificada en este caso no sólo por las constancias obrantes en la causa obtenidas a través del sitio web oficial de la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Santa Fe, sino también por la documentación aportada por Afip-DGI suscripta por el sindicado Luis Spahn, y por las responsabilidades establecidas en el estatuto del club, tal y como fuera relacionado en párrafos precedentes, todo lo cual da cuenta de que el sindicado era la máxima autoridad en el período en el que los hechos aquí endilgados sucedieron y que en tal carácter, no resulta plausible sostener que no hubiera tenido conocimiento efectivo de la comisión del hecho punible", concluyó Onel.