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Acreedores de Vicentin insisten en la falta de imparcialidad del juez Lorenzini

Esta mañana el abogado de la firma La Clementina, explicó en Dame Radio por LT9, los fundamentos de la presentación de recusación del juez del concurso, y que la Cámara finalmente rechazó el pasado 29 de junio.
MIÉRCOLES 01 DE JULIO DE 2020

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Reconquista rechazó un planteo de recusación presentado contra el juez Fabián Lorenzini, interviniente en el concurso de acreedores de Vicentin. 

El pedido de apartamiento del juez había sido presentado por el acreedor La Clementina SA, en base a una supuesta falta de imparcialidad del juez, que mantuvo durante veinte años un vínculo profesional con el Banco Nación, principal acreedor de Vicentin. Un planteo similar evalúa presentar el propio Banco Nación. La Cámara ratificó al juez Lorenzini al frente del proceso. 

Este miércoles en Dame Radio por LT9, el doctor Lautaro Denone, abogado de la firma La Clementina sostuvo que "el 16 de marzo de este año habíamos recusado al juez con los fundamentos que el doctor había sido en los 20 años anteriores a ser juez, asesor abogado del Banco Nación Argentina".

"El planteo se basó en que si fue tantos años abogado de un acreedor como Banco Nación, nosotros también como acreedores como La Clementina, merecemos sospechar de un sesgo de imparcialidad o desventaja para con la entidad bancaria", agregó.

"El 15 de mayo, La Clementina denunció un hecho nuevo donde queda en evidencia la manifiesta parcialidad, porque el juez integró de oficio al banco Nación en el comité provisorio de control, siendo un acreedor privilegiado y a ese comité lo integran acreedores comunes. A menos de dos meses de presentar el recurso ya nos encontramos con un primer acto que manifiesta la parcialidad del magistrado", mencionó más adelante.

Por la situación de La Clementina, Denone manifestó que la empresa es una de las más de dos mil acreedores de Vicentin: "Hay acreedores de mucho menor monto que se ven claramente afectados y que el concurso se haga en Reconquista genera un sentimiento de dar por perdido los reclamos".

También el abogado señaló que una de las situaciones más complicadas es que "hay acreedores que entregaron mercadería hasta el 3 de diciembre cuando al otro día la empresa entró en cesación de pago. Eso no tiene implicancias prácticas en el concurso pero podríamos estar hablando de un daño".

Sobre la intervención del gobierno y la posible expropiación, Denone expresó que "el error fue la comunicación y la falta de coordinación entre el gobierno nacional y provincial porque no quedó en claro cuál sería el mecanismo y en qué tiempos, lo que genera una incertidumbre para el productor aun peor, porque ya la situación del concurso es bastante traumática y sumarle a eso dichos y entredichos de funcionarios que se contradicen, genera más complicaciones".

Acerca de la decisión de Lorenzini de ratificar al directorio de la empresa y considerar veedores a los designados por el gobierno, consideró que "dentro de la lógica concursal tal vez sea razonable, creo que también estuvo mal comunicado y las presentaciones no tienen la solvencia para saber de qué se trata".

Por último dijo que "la Cámara rechazó el día 29 de junio dos recursos que habíamos presentado, una es la de recusación y una declinatoria por incompetencia porque consideramos que el concurso debió tramitarse en Rosario, que es donde Vicentin tiene la sede principal de sus negocios. Tiene una sola oficina en Avellaneda y en Rosario tiene tres oficinas, las plantas portuarias están acá, la mayoría de los acreedores y los litigios están acá, y sorpresivamente salieron los dos fallos de la Cámara con el rechazo".

Cabe recordar que la Cámara resolvió rechazar la recusación presentada, por lo cual el concurso seguirá en manos del juez de Reconquista. “Nos encontramos frente a un proceso colectivo con 2638 acreedores y casi 100 mil millones de pesos e pasivo denunciados, que se vio ralentizado por los efectos de las medidas adoptadas en razón de la pandemia y en el que últimamente el Estado ha tomado intervención (hecho público y notorio). Debe garantizarse que un concurso de semejante magnitud no se demore más de lo estrictamente necesario a fin de no conculcar los múltiples intereses en juego. Por tanto, entendemos que no procedía ni procede la suspensión del trámite del concurso por el intento de recusación de su juez”, justificó la Cámara.

  

 

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