Enviá tu WHATSAPP a la radio

 En vivo

Radio LT9

Locales

Proponen cambios en el Código Penal vinculados a delitos de tránsito

Los diputados provinciales Antonio Bonfatti y Rubén Galassi propusieron en la Cámara baja modificaciones al Código Procesal Penal provincial, para adecuarlo a las recientes reformas en el Código Penal de la Nación, que incorpora sanciones a las consecuencias ocasionas por las “picadas” ilegales, y eleva el máximo de la inhabilitación provisoria de conducción de 3 a 6 meses hasta el dictado de la sentencia.
JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2017

Los diputados provinciales Antonio Bonfatti y Rubén Galassi propusieron en la Cámara baja modificaciones al Código Procesal Penal provincial, para adecuarlo a las recientes reformas en el Código Penal de la Nación, que incorpora sanciones a las consecuencias ocasionas por las “picadas” ilegales, y eleva el máximo de la inhabilitación provisoria de conducción de 3 a 6 meses hasta el dictado de la sentencia.

“Entendemos que la problemática relativa a las situaciones de peligro, lesiones y homicidios generados por conductores requiere dotar de herramientas a la Justicia, que le permitan adoptar medidas que eviten el riesgo de reiteración”, señalaron los legisladores.

La propuesta de Bonfatti y Galassi incorpora modificaciones en el artículo 208 Bis, y agrega como infracción dentro de los delitos contra las personas a la “participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de autoridad competente” que se suma a los ya existentes como “conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria”.

En ese marco, el juez de la Investigación Penal Preparatoria podrá, a pedido de parte, inhabilitar provisoriamente para conducir al imputado reteniéndole el carnet, y comunicar la resolución a los registros Nacional y Provincial de Antecedentes de Tránsito.

Otra de las modificaciones es que la medida cautelar durará como máximo seis meses y podrá ser prorrogada por períodos no inferiores a un mes, hasta el dictado de la sentencia. Cabe destacar que ese lapso de inhabilitación puede ser computado para el cumplimiento de la sanción de inhabilitación sólo si el imputado aprobare un curso.

NOTICIAS RELACIONADAS


MAS LEÍDAS

ONDA 9 S.A - 4 de Enero 2153 - (0342) 410 9999 3000 Santa Fe Argentina
Suscribite a nuestro Newsletter