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Comenzó el juicio por la desaparición de Maxi Sosa, visto por última vez en Ceres a fines del 2015

El juicio oral y público se tramita en los tribunales federales de Santa Fe. Llegan acusados en prisión preventiva por el delito de "sustracción de persona menor de 10 años", su abuela Patricia Sayago, y su pareja Ariel Malagueño.
LUNES 08 DE FEBRERO DE 2021

En la mañana de este lunes 8 de febrero comenzó el juicio oral y público en los Tribunales Federales de Santa Fe por la desaparición de Maximiliano Sosa, el pequeño que fue visto por última vez el 21 de diciembre de 2015 en la localidad de Ceres cuando tenía 3 años.

Por el hecho están acusados del delito de "sustracción de persona menor de 10 años" la abuela materna del menor, Patricia Sayago, y su pareja Ariel Malagueño. Ambos con prisión preventiva.

Se estima que por las audiencias desfilen 58 testigos para prestar declaración ante el tribunal conformado por los magistrados Luciano Lauría, María Ivón Vella y José María Escobar Cello, y el fiscal general Martín Suárez Faisal.


Según la agenda de la justicia federal, el fallo se dará a conocer el próximo miércoles 10 de febrero.


El caso

En julio del 2020, la fiscalía federal de Rafaela, a cargo de Jorge Gustavo Onel, solicitó la elevación a juicio de Patricia Sayago y su pareja Ariel Malagueño por la sustracción de su nieto y una falsa denuncia acerca de su desaparición. 

El Ministerio Público Fiscal les atribuye haber sustraído a Maxi Sosa del poder de su madre cuando tenía tres años de edad, en la ciudad de Ceres, en el extremo oeste de la provincia de Santa Fe, entre los días 18 y 21 de diciembre de 2015. 

La presentación les endilga además haberlo retenido y ocultado en el inmueble donde habitaban los imputados, conocido como el “Chalecito”, ubicado en la localidad de Colonia Montefiore, también en Santa Fe, cuanto menos hasta el 26 de junio de 2016. 

Además, a la mujer se le atribuye haber efectuado una falsa denuncia el 21/12/2015 en la sede de la Comisaría Segunda de Ceres. Allí había afirmado, entre otras cosas, que en esa fecha habría desaparecido su nieto con posterioridad a las 12:00, desde su domicilio de calle Juan Delgado S/N del Barrio Juan Pablo de Ceres. Ello a sabiendas de la inexistencia del hecho denunciado.

Las pruebas

En aquella oportunidad, del análisis de las constancias que obran en el expediente el fiscal determinó que el 15 de diciembre de 2015 nació prematuramente el segundo hijo de D. A. S., motivo por el cual el niño quedó circunstancialmente bajo el cuidado de su abuela materna, Patricia Daniela Sayago. La causa se inició con motivo de la comunicación telefónica hecha por la propia imputada el 21 de diciembre de ese año, aproximadamente a las 19:40, anoticiando la desaparición de su nieto.

El hecho fue en principio investigado por la Policía de Investigaciones de Unidad Regional XII de San Cristóbal y Ceres, bajo las directivas del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe, que ordenó la realización de diversas medidas probatorias.

Así, a través de la intervención telefónica del abonado utilizado por Sayago se logró obtener una comunicación entre ella y Ariel Reinaldo Malagueño, en la que se mencionaría que Maxi se encontraría en la localidad de Montefiore, junto al hombre. En razón de ello, la fiscalía provincial solicitó el allanamiento de los domicilios de interés en los cuales; si bien no se logró dar con el paradero del niño, se pudieron obtener teléfonos celulares y elementos de interés incautados en los lugares allanados.

Competencia del fuero federal

El MPA los detuvo e imputó por sustracción de menor y falsa denuncia (a Sayago); y después postuló la incompetencia por considerar que podía existir una hipótesis de trata de personas.

Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió la competencia del Juzgado Federal de Rafaela en junio de 2018, al hacer suyos los argumentos brindados por el procurador general de la Nación interino Eduardo Casal, quien indicó: “teniendo en cuenta que mantener y promover la competencia del fuero federal para investigar la posible comisión de la trata de personas resulta de fundamental importancia para asegurar la eficacia de la norma que lo reprime, y que eso determina que, ante la existencia de alguno de los extremos inherentes a ese delito, la justicia federal no puede declinar su competencia ni rechazar la que se le pretenda atribuir, sin antes realizar las medidas necesarias para establecer si se halla configurado o no ese ilícito (conf. "Abratte"), opino que corresponde al Juzgado Federal de Rafaela proseguir el trámite de estas actuaciones y adoptar -con la premura que el caso amerita- las medidas pertinentes para ubicar el paradero del menor y constatar su situación actual (Competencia CSJ 3719/2014/CS1, "Ansaldi, Lucía Guadalupe si averiguación de paradero", resuelta el 29 de abril de 2015), todo ello sin perjuicio de cuanto surja ulteriormente”.

Una vez la causa radicada en el fuero federal, luego de haberse realizado diferentes medidas de prueba, la acusación fue por los delitos de trata de personas, sustracción de menores y falsa denuncia a Sayago, y a Pablo Américo Pinedo sólo por trata. Ello fue apelado y la Cámara Federal de Rosario solo confirmó el procesamiento por el delito de sustracción de menores a los imputados Sayago y Malagueño, y dictó la falta de mérito respecto de un tercer hombre presuntamente involucrado. 

Respecto de esa persona, Onel instó a que se forme nueva causa para continuar investigando su accionar y los hechos, a los fines de dar con el paradero de la víctima, aunque no llegó al juicio oral y público que comenzó hoy.




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