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Villa Minetti volvió a Fase 1: piden suspender las clases presenciales y solo abren comercios esenciales

La localidad del norte santafesino restringió actividades por la preocupación que generó la suba de casos, que en pocos días sumó un promedio de 50 positivos activos, con un salto de 74 en el parte del jueves último.
VIERNES 14 DE MAYO DE 2021

La localidad de Villa Minetti retrocedió a Fase 1 por la preocupación que generó la suba de casos, que en pocos días sumó un promedio de 50 positivos activos, con un salto de 74 en el parte del jueves.

Dentro de las principales puntos de la ordenanza comunal se destacan la prohibición para "salir de su domicilio a toda persona que hubiere tenido contacto con un caso confirmado" y el funcionamiento exclusivo para el comercio mayorista y minorista "que solo se limite a actividades esenciales" entre las 9 y las 19 horas.

"Entre el martes, miércoles y jueves tuvimos 53 positivos. La situación es bastante complicada. Los primeros casos fueron por reuniones afectivas que se realizan, eso derivó que esa gente fuera contagiando a otras. La gente sintió síntomas y muchos lo adjudicaron al cambio de clima, a la baja de las temperaturas", indicó en Dame Radio por LT9 Gabriel Gentili, presidente comunal de esa localidad de alrededor de 6.000 habitantes.

Incluso -continuó- hubo una persona que recibió el diagnóstico positivo cuando ya tenía una neumonía bilateral severa. 

"No nos quedó más alternativa que restringir actividades. Sabemos que esto produce un problema y lo peor de todo es que venían trabajando con los protocolos. Hubo un caso de una persona que estuvo en una fiesta, fue a trabajar y contagió a su compañero. Es un problema muy grande", aseveró el mandatario local en comunicación con Adrián Brodsky y Leo Botta.

Gentili anticipó además que le solicitaron al gobernador Omar Perotti y a los ministerios competentes la posibilidad de suspender la presencialidad de las clases por 15 días, lo que está bajo análisis en este momento.

En cuanto al sistema sanitario de atención, el presidente comunal señaló que en la localidad no cuentan con un servicio de alta complejidad, por lo que los traslados de pacientes moderados se hacen hacia Tostado, y los más graves a Santa Fe y Rafaela, que presentan un alto nivel de ocupación de camas críticas.

La nota completa acá




El decreto 

Artículo 1°: Prohibir a partir de las 00 horas del día 13 de mayo de 2021, y por el término de 14 días corridos, salir de su domicilio q toda persona que hubiere tenido contacto con un caso confirmado de coronavirus Covid-19.

Artículo 2°: Se dispone, con carácter preventivo y por el plazo establecido en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, la suspensión efectiva de las siguientes actividades:

Eventos y reuniones sociales en lugares abiertos o cerrados que aglomere personas, sean de carácter público o privado, incluyendo las reuniones familiares o de personas relacionadas afectivamente.
La concurrencia y permanencia de grupo de personas en espacios públicos, sean cerrados o al aire libre.
Suspensión total y sin excepciones de toda actividad deportiva, religiosa, cultural, social artística o similar, sean en espacios cerrados o al aire libre.
Los comercios mayoristas y/o minoristas de mercaderías y que solo se limiten a actividades esenciales funcionarán en la franja horaria desde las 9 horas hasta las 19 horas sin excepción.
La concurrencia de personas a bares, restaurantes, heladerías, rotiserías, maxi quioscos y similares, los que solo podrán trabajar por el sistema de delivery, y el horario límite de cierre para los mismos será las 22 horas.

Artículo 3°: Quedan sin efecto todos los permisos y autorizaciones otorgados oportunamente por esta Comuna para la realización de cualquier tipo de actividad, que no sea de las consideradas esenciales.

Artículo 4°: Los comercios deberán adoptar las medidas higiénicas y preventivas para evitar la propagación del virus (acceso al alcohol en gel) y garantizar la limpieza y desinfección del espacio y muebles de trabajo periódicamente.

Artículo 5°: Las medidas dispuestas en la presente Ordenanza se consideran como las adoptadas para el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, por el plazo establecido, el que se podrá prorrogar si los niveles de contagio y multiplicidad de casos se mantienen, conforme las facultades que otorgan los decretos nacionales y provinciales a esta Comisión Comunal.

Artículo 6°: Dese cuenta de los dispuesto en la presente Ordenanza al Poder Ejecutivo provincial por conducto de la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional dependiente del Ministerio de Gestión Pública de la provincia de Santa Fe.

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