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Aumento a jubilados: "les permite recomponer sus haberes", dijo Mastropaolo

El haber se actualizará por la aplicación del 82% móvil de la reforma previsional. La medida, que beneficiará a más de 1,3 millón de personas, según el gobierno, empezará a efectivizarse este miércoles.
MARTES 09 DE ENERO DE 2018

El premio consuelo por la polémica reforma previsional, destinado a quienes se jubilaron con 30 años de aportes y actualmente cobran el haber mínimo, será la actualización del mismo, mediante la aplicación del 82 por ciento del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La medida, que beneficiará a más de 1,3 millón de personas, según el gobierno, empezará a efectivizarse este miércoles, con el inicio del calendario de pagos anunciado por la Administración Nacional para la Seguridad Social. En números, la aplicación del 82 por ciento del salario mínimo representa un incremento promedio de poco más de 500 pesos.

De acuerdo con el calendario que se inicia este miércoles 10, junto al pago de los haberes mensuales, la Anses abonará la diferencia que permitirá llegar al 82 por ciento del salario mínimo, que es de 9.500 pesos desde el 1º de enero.

De esta manera, según el organismo previsional, 1.328.707 personas recibirán un incremento promedio de 528 pesos, lo que representa una erogación para la Anses de 697.386.039,20 pesos.

Según lo estipulado en la reforma previsional sancionada a fines de diciembre último, cada vez que se incremente el Salario Mínimo, en caso de que el haber jubilatorio más bajo sea inferior al 82 por ciento de esa cifra, la equiparación será automática, siempre que se trate de beneficiarios que hayan completado 30 años de aportes.

En este sentido, el director de la Anses Litoral, Sebastian Mastropaolo destacó por LT9 que "estamos cumpliendo una de las primeras promesas que anunció el presidente Mauricio Macri durante su campaña: pagar el 82 por ciento móvil a los jubilados y pensionados que hayan aportado durante 30 años. Es una medida que les permite recomponer sus haberes", según el funcionario.

Esta medida incluye a quienes se hayan jubilado según leyes anteriores a la 24.241; a través de leyes especiales derogadas que se ven alcanzadas por la movilidad general; quienes hayan accedido a un beneficio por invalidez o por una pensión de aportantes regulares o provengan de cajas provinciales transferidas a la Nación en la década del 90.

Quedan excluidos de esta medida los que se jubilaron mediante moratoria y a los que no les correspondió el beneficio de la Prestación Básica Universal (PBU).

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