Jorge Rubén Troncoso fue condenado a 25 años de prisión y Walter César Moreno, a 20, por haber cometido delitos contra la integridad sexual de dos hermanos -que al momento de los hechos eran menores de edad- en la localidad de Helvecia (departamento Garay). Troncoso tiene 45 años y Moreno, 43.
Las sentencias fueron ordenadas por un tribunal integrado por los jueces Martín Torres (presidente), Luis Octavio Silva y Leandro Lazzarini, en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de la capital provincial.
La investigación que permitió llegar a las condenas estuvo a cargo de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Fiscalía Regional 1, que representó al MPA en el debate. En tal sentido, valoró que “aunque los magistrados optaron por calificaciones penales diferentes a las que propusimos, decidieron imponer las penas que habíamos solicitado en la acusación”.
Abusos
El MPA puntualizó que “Troncoso era la pareja de la madre de las víctimas y llevó a cabo su accionar delictivo mientras convivía con el grupo familiar”, y precisó que “fue entre 2009 y 2013, cuando los hermanos transitaban la escuela primaria”.
“El condenado a 25 años de prisión abusó sexualmente de uno de los hijos de su pareja en reiteradas oportunidades en las que se quedó al cuidado del niño”, se indicó.
Además, la Fiscalía se refirió a que “Moreno solía entregarle dinero a Troncoso a cambio de agredir sexualmente a uno de los hermanos”, y sostuvo que “al menos una vez, hizo lo mismo en perjuicio del otro”. En diferentes ocasiones, los ataques fueron cometidos en reuniones en las que había otros hombres allegados a los condenados.
“Los hechos ilícitos se enmarcaron en un contexto de gran violencia y tuvieron entidad suficiente para afectar el libre y progresivo desarrollo sexual de ambas víctimas”, se aseguró durante el juicio.
Delitos
Troncoso fue condenado como coautor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la guarda y por haber sido cometido en contra de un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente, en perjuicio de ambas víctimas; y también por la participación de dos o más personas en relación a una).
Asimismo, al hombre de 45 años se le impuso la pena por la coautoría de promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad de las víctimas, la guarda y la convivencia en cuanto a ambos hijos de su pareja; y además por la coerción ejercida en contra de uno).
Por su parte, Moreno fue condenado como coautor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la participación de dos o más personas); abuso sexual con acceso carnal simple; y promoción a la corrupción de menores agravada (por la edad en ambos casos; y por la coerción, sólo en uno).