La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto de Rosario pidió este martes al gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, que no envíe a la Legislatura el pliego del camarista Roberto Prieu Mántaras como postulante a la Fiscalía General de la provincia por algunos fallos "fuertemente cuestionados" que firmó como magistrado.
El actual juez de Cámara Penal de Santa Fe es uno de los candidatos favoritos en la terna para nuevo fiscal general y ha recibido múltiples cuestionamientos por carecer de perspectiva de género en su desempeño.
A través de una carta abierta, el colectivo expresó su "indignación frente a la noticia difundida en diversos medios dando cuenta de la posible designación de Roberto Prieu Mántaras en el cargo de Fiscal General de la provincia".
El camarista integra la terna de postulantes para ocupar la titularidad del MPA santafesino junto a la actual auditora del organismo, María Cecilia Vranicich, y el camarista rosarino Javier Beltramone.
Según los mecanismos institucionales, el gobernador debe enviar los pliegos de uno de los tres a la Legislatura, que analiza la propuesta para luego aprobarla o rechazarla.
En su texto, la Campaña apuntó a tres fallos firmados por Prieu Mántaras que considera "fuertemente cuestionados" por su contenido. Uno de ellos refiere a "la revocatoria de la condena por 'motivos técnicos' a Monseñor (Edgardo) Storni por el abuso sexual denunciado por el joven seminarista Rubén Descalzo, revocatoria que le permitió a Storni seguir impune y cobrar su jubilación de privilegio hasta su muerte".
El segundo enumerado en la carta abierta apunta a "la revocatoria de la condena en primera instancia de un hombre por el delito de abuso sexual con acceso carnal cometido contra su sobrina de 12 años".
Según recuerda La Campaña, esa resolución luego fue anulada por la Corte Suprema de Justicia con estos argumentos: "En relación con la valoración de la declaración de la víctima en cámara gesell, el razonamiento sentencial se apartó de los estándares internacionales (...), relativizando y/o desoyendo la declaración de la niña víctima de abuso sexual".
Además, sostuvo que "más aún cuando existían elementos de prueba que se correspondían con sus dichos, los cuales también se desestimaron infundadamente. En resumidas cuentas, desconoce (el juez Mántaras) la fuerza probatoria del testimonio de la menor que las normativas convencionales, constitucionales, legales y jurisprudencia de alto nivel orgánico le otorgan".