La Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro confirmó hoy que el neurocirujano Leopoldo Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov y los otros seis profesionales de la salud imputados por la muerte de Diego Armando Maradona, vayan a juicio oral acusados de haber cometido un “homicidio simple con dolo eventual”, tal como habían dispuesto el año pasado los fiscales y el juez de la causa.
La decisión fue adoptada de manera unánime en un fallo de 248 fojas de la Sala III del mencionado tribunal de alzada, compuesta por los camaristas Carlos Fabián Blanco, Gustavo Adrián Herbel y Ernesto García Maañón.
De esta manera, en un futuro juicio oral, los ocho acusados se enfrentarán a un posible pedido de pena de entre 8 y 25 años de cárcel.
Al rechazar, entre otros puntos, la nulidad del requerimiento de elevación a juicio, los camaristas resaltaron en su fallo: “La acusación pública efectuó una completa descripción del Hecho 1 (el homicidio con dolo eventual de Maradona), enumerando las acciones u omisiones que consideraron reprochables a cada uno de los imputados y que, a su entender, habrían incidido en el fatal desenlace endilgado”.
“La fiscalía inicia su imputación indicando quienes se encontraban a cargo de la atención del paciente, ubicando en tiempo y lugar la situación apuntada, para luego referirse específicamente a cómo fue el desempeño de cada uno de ellos, según los roles asumidos, estableciendo de qué modo sus inconductas determinaron la muerte de Maradona”, dice en su voto el juez Herbel.
Los jueces de la Cámara también avalaron la Junta Médica clave que complicó a los ocho responsables de la salud imputados y rechazó los sobreseimientos y el cambio de calificación que habían propuesto varias de las defensas, entre ellas las de Luque y Cosachov, por la figura del “homicidio culposo” (con una pena menor de 1 a 5 años de cárcel).
Lo único en lo que sí los camaristas resolvieron a favor de las defensas fue en revocar parcialmente la elevación a juicio en relación a los denominados Hechos 2 y 3, imputados a Luque y Cosachov, referidos al "uso de documento privado falso" que le imputaban al neurocirujano por haber presuntamente usado una firma falsificada de Maradona para pedir una historia clínica; y a la "falsedad ideológica" por la que se acusaba a la psiquiatra por haber supuestamente confeccionado un certificado de aptitud mental de Diego sin ir a visitarlo.
En relación a ello, la Cámara dispuso que los planteos de la defensa los resuelva otro juez, al entender que no correspondía, por los lugares donde habrían ocurrido esos delitos, la intervención de un magistrado de San isidro.
Además de los ya mencionados Luque (41) y Cosachov (37), los otros seis imputados que tiene la causa son el psicólogo Carlos Ángel "Charly" Díaz (30); la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini (53); el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni (41); los enfermeros Dahiana Gisela Madrid (38) y Ricardo Omar Almirón (39); y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna (49).
El equipo de tres fiscales que compuso especialmente para esta causa compleja el fiscal general de San Isidro, John Broyad, y que está integrado por sus fiscales generales adjuntos, Patricio Ferrari y Cosme Iribarren, y por la fiscal de Benavídez, Laura Capra, los acusó a los ocho como coautores de un "homicidio simple con dolo eventual", con pena de entre 8 y 25 años de prisión.
El 22 de junio del año pasado, el juez de Garantías 2 de San Isidro, Orlando Abel Díaz, luego del requerimiento de los fiscales, elevó el expediente a juicio oral, pero las defensas de los ocho imputados apelaron aquella resolución y desde entonces la causa estaba bajo el análisis de la Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro, que en marzo hicieron una serie de audiencias orales con las defensas y hoy emitieron su resolución.
Todo indica que a partir de este fallo, la causa ira a sorteo para designar al Tribunal Oral en lo Criminal de San Isidro que deba juzgar, no antes de 2024, según las estimaciones, a los acusados.
Cuando elevó la causa a juicio, el juez Díaz sostuvo que los ocho imputados no cumplieron "con el mandato de actuar que la buena práctica médica colocaba en sus cabezas", y que como "garantes" de la condición del exfutbolista, tuvieron la posibilidad de "revertir" su cuadro cardíaco y no lo hicieron.
Los fiscales Ferrari, Iribarren y Capra y el juez Díaz coincidieron en que todos deberán enfrentar una imputación como presuntos coautores de un "homicidio simple con dolo eventual".
Según la hipótesis fiscal planteada en el requerimiento de elevación a juicio, el equipo médico de Maradona fue "deficiente", "temerario" e "indiferente", sabía que el "10" podía morirse en el estado en el que se encontraba y no hizo nada para evitarlo.
Maradona, una de las mayores figuras de la historia del fútbol mundial, murió a los 60 años de un edema pulmonar y una falla cardíaca el 25 de noviembre de 2020 en una casa del barrio privado San Andrés, de Tigre, donde transitaba una cuestionada internación domiciliaria por su adicción al alcohol y luego de haber sido sometido a una neurocirugía.
La autopsia estableció que murió como consecuencia de un "edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada" y descubrieron en su corazón una "miocardiopatía dilatada".