El Gobierno nacional oficializó el pago en enero de un bono de hasta 55 mil pesos para jubilados y pensionados.
El decreto 116/2023, firmado por Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, fue publicado este martes en el Boletín Oficial.
La medida tiene como objetivo que ninguno de los beneficiarios de la categoría más baja cobre menos de $160.712 pesos.
Según los argumentos, la ayuda económica previsional busca atenuar las consecuencias de “la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país”, lo que “ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento”.
A partir de esto, el Gobierno estableció un refuerzo para las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, las beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y las beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago también se encuentre bajo la órbita de aquel organismo previsional.
En la norma se precisó que para quienes perciban un monto menor o igual al haber mínimo, que en diciembre fue de $105.712,61, la ayuda económica previsional será equivalente a $55.000, mientras que quienes perciban un importe superior a aquella primera cifra, recibirán el monto necesario para alcanzar el tope de $160.712,61.
Asimismo, el decreto remarca que "para percibir la presente ayuda económica previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación”, que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la ayuda económica previsional que se otorga por el presente decreto”.
Finalmente, aclara que “la ayuda económica previsional que se otorga por el presente decreto no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto” y que “la medida entrará en vigencia el día de su dictado”.