El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio santafesino y, en su caso, decomísese, desnaturalícese y dese destino final del presunto producto alimenticio rotulado como producto: crema de maní marca Hardy.
La medida obedece a que la muestra analizada, en cuanto a la rotulación, es no conforme debido a que el rótulo no declara ningún número de registro de establecimiento (RNE/RNPA), ni razón social y domicilio del mismo, entre otros, por lo que no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento y representa un peligro para la salud de la población.
La Assal verifica que los productos alimenticios cumplan con la legislación alimentaria vigente, que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos.