Con la firma del intendente Emilio Jatón, el Ejecutivo Municipal remitió al Concejo de la ciudad un proyecto de ordenanza para autorizar la colocación de balcones en espacios públicos, por parte de locales gastronómicos. La iniciativa sugiere permitir la instalación de las construcciones denominadas “decks”, “parklets”, “terrazas” o “plataformas gastronómicas” en plazas, canteros y calles de la capital provincial.
El objetivo central es ampliar la capacidad de los locales, a fin de promover el distanciamiento social recomendado por las autoridades sanitarias en el contexto de la pandemia de COVID-19. Según se explica, la idea es potenciar los centros comerciales a cielo abierto, dado que la existencia de un local gastronómico posibilita la permanencia de público por más tiempo, generando oportunidades para otras actividades.
Ampliar la oferta
El texto del proyecto sugiere que a los fines de dar continuidad a la oferta comercial gastronómica y turística de los locales de la ciudad, resulta indispensable brindar herramientas para potenciar el sector comercial tanto para los vecinos como para los visitantes. Con la colocación de esas instalaciones, se podrán ampliar los espacios urbanos donde es difícil crear zonas para optimizar la fluidez en aceras congestionadas, aumentar los ingresos de negocios próximos y hasta mejorar la calidad del paisaje urbano.
El proyecto cita al artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.226 (modificado por el artículo 4° de la Ordenanza N° 12.702), que establece las alícuotas de derecho de registro de inspección para las distintas actividades, determinando en el inciso 4 a las gastronómicas. Estas últimas, comprenden los ingresos de establecimientos donde se elaboran, preparan, sirven o expenden comidas, bebidas, helados, infusiones y similares, para ser consumidas dentro del local y/o en la vía pública, o bien con servicio de entrega a domicilio.
También menciona que la misma norma, en su artículo 16°, determina un incremento de la alícuota cuando la actividad ocupa veredas, canteros, calles, plazas, y/o lugares recreativos para colocar sillas, mesas, exhibición de productos y similares, en las condiciones establecidas, variando el incremento según las zonas inmobiliarias donde se ubique, si tiene marquesina o cerramiento, y si se exhiben productos.
Fuente: Prensa Municipal