El doctor Enrique Pita, docente de la facultad de Ciencias. Jurídicas y Sociales de la UNL sostuvo esta mañana por LT9 que "la nueva ley de alquileres rige para los contratos celebrados a partir del 1ero de julio, no para los vigentes. Son unas modificaciones al nuevo Código Civil y Comercial".
Además agregó que "la nueva ley de alquileres estira los plazos de contratación a 3 años como mínimo sin distinción del destino, para vivienda o para comercio".
"En cuanto al precio, la otra modificación importante, en alquileres comerciales hay libertad de fijación de precios, se pueden fijar métodos de actualización y los plazos para hacerlo", destacó.
"En los alquileres para vivienda la nueva ley establece cómo debe actualizarse. Debe ser un precio fijo y por períodos anuales, no se puede actualizar por semestres. Se actualiza por un índice combinado IPC y RIPTE, promedio de salarios", indicó.
"En mi opinión cuando los contratos no establecen la actualización, debe actualizarse el alquiler según la legislación", señaló Pita.