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"Las provincias no pueden no adherir, como no pueden no adherir al 25 de Mayo o al 9 de Julio" dice el constitucionalista Domingo Rondina

El abogado señaló que los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) tienen fuerza de ley, y que los distritos no tienen facultad para apartarse de sus alcances.
MARTES 20 DE DICIEMBRE DE 2022

El abogado constitucionalista Domingo Rondina habló con LT9 acerca del feriado decretado por el gobierno nacional y la "no adhesión" de la Provincia y Municipio.

"No me parece una buena medida, pero hay muchas leyes que no me gustan y son leyes igual. Los feriados nacionales y la posibilidad de decretarlos es antiquísima, corresponde en principio al Congreso Nacional. En casos excepcionales puede adoptarlos el presidente mediante un DNU que materialmente es una ley" explicó el letrado.

"Las provincias no pueden no adherir, como no pueden no adherir al 25 de Mayo o 9 de Julio, son feriados por disposición nacional. Es distinto cuando se declara un asueto, con alcance sólo para la administración, que es una decisión interna. Cundo el gobierno le habla a todo el país las provincias no pueden apartarse" agregó Rondina. 

El abogado consideró que "lo que Perotti ha hecho es un alzamiento contra el orden constitucional federal, el no puede apartarse de la norma".

"Jurídicamente no hay ninguna duda. Salvo que la provincia declare situación de emergencia, no tiene facultades para apartarse las provincias" manifestó el letrado.

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