¿Cuáles son los criterios de revisión?
Anteriormente, no se fijaba una frecuencia clara para revisar la nómina de grandes contribuyentes. En cambio, ahora se establece una revisión bienal (cada dos años) de la nómina, con posibilidad de incorporaciones excepcionales (hasta un 10%) en caso justificado.
¿Quiénes están incluidos?
Ahora se incorporan automáticamente a aquellos sujetos obligados a presentar el “Informe país por país”; quienes celebren acuerdos de Determinación Conjunta de Precios de Transferencia; contribuyentes de sectores económicos complejos y los “Vehículos de Proyecto Único (VPU)” aprobados en el marco del RIGI y sociedades constituidas para integrarlos. Anteriormente, no existía un esquema de incorporación automática por tipo de contribuyente.