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Cómo funciona el fondo opcional que impulsa el gobierno para el pago de indemnizaciones laborales

La alternativa impulsada por la Nación como Nuevo Régimen especial de Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral (FCIs y FFs) busca generar un acuerdo entre empleadores y trabajadores para crear un fondo que acumule aportes periódicos durante la relación laboral.

— División Noticias LT9

LUNES 23 DE JUNIO DE 2025

La medida incluida en la Ley Bases fue reglamentada este jueves por la Comisión Nacional de Valores (CNV), establece la creación de un régimen especial para Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral. 

A través de esta disposición las empresas podrán optar por acordar junto a sus empleados en reemplazar el régimen de indemnización laboral por antigüedad por un Sistema de Fondo de Cese. Este fondo podrá ser administrado a través de Fondo Común de Inversión Abierto (FCI) o de un Fideicomiso Financiero (FF). Este esquema no reemplaza la indemnización tradicional, sino que coexiste como una alternativa.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, realizó precisiones sorbe este mecanismo: “Lo pueden hacer como quieran, con una única condición: la participación es voluntaria tanto para empresas como trabajadores. Este último punto es esencial, solo con esta premisa sabemos que el sistema será beneficioso para ambos”.

Las claves a tener en cuenta del régimen especial para Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral Voluntariedad: es voluntario por lo que solo se aplica si ambas partes lo acuerdan, ya sea por convenio colectivo o individual, se canaliza a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos o Fideicomisos Financieros, los empleadores deberán realizar los aportes periódicos y los fondos no podrán ser embargados por ningún motivo y solo puede ser utilizado para cubrir compensaciones por cese laboral.

La resolución actual incorpora un "régimen especial de Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral" dentro de las Normas de la CNV, "autoridad de control y supervisión" de las disposiciones relativas a este Fondo de Cese Laboral.

Punto a punto, las dos modalidades principales del nuevo sistema:

1 - Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Cese Laboral:

- Estos fondos no utilizarán un reglamento de gestión tipo, sino que deberán elaborar uno "que se ajuste a las particularidades del presente régimen especial".

- El reglamento deberá detallar las "medidas a adoptar ante el acaecimiento de los distintos supuestos" de desvinculación laboral, incluyendo el mecanismo para la "notificación fehaciente" y el "destino de los fondos ante el supuesto de desvinculación del trabajador sin configurarse una causal de transferencia de cuotapartes".

- Las Sociedades Depositarias deberán llevar un "Registro de Cuotapartes y el de subcuentas correspondientes a las cuotapartes condicionalmente cedidas a favor de los trabajadores, de la empresa o sector".

- Una vez que se produce el "cambio de titularidad de las cuotapartes en favor del trabajador", este "dispondrá libremente de las mismas, pero no podrá efectuar nuevas suscripciones en el Fondo Común de Inversión".

- No se permitirá la adquisición de valores negociables o instrumentos financieros emitidos por el o los empleadores involucrados. Además, los fondos deberán "evitar una concentración por industria mayor al 30% del patrimonio neto del FCI".

2 - Fideicomisos Financieros (FF) de Cese Laboral:

- Para estos fideicomisos, no será obligatoria la preparación o publicación de un Prospecto para su aprobación por la CNV, aunque cualquier documento preparado deberá publicarse en la "Autopista de la Información Financiera".

- Se permitirá la "incorporación de Fiduciantes durante la vigencia" del fideicomiso si así se establece en el contrato.

- Solo podrán emitir "certificados de participación".

- El contrato de fideicomiso debe detallar el procedimiento para el pago de sumas a los trabajadores, los plazos y modalidades de pago, el funcionamiento ante diferentes supuestos de extinción laboral y el destino de fondos remanentes.

- Al igual que los FCI, no se admitirá la adquisición de valores o instrumentos emitidos por los empleadores, y las inversiones deberán evitar "una concentración por industria mayor al 30% del patrimonio neto del fideicomiso".

- Se prevén mecanismos para mantener informados a los trabajadores de sus tenencias con una periodicidad "no mayor a un mes".

- Se permite la participación de un Comité de Inversiones o un Asesor de Inversiones, siempre que no tengan "vinculación con ninguna asociación sindical" y que los costos sean "razonables y transparentes".

- Estos fideicomisos "prescindirán de la colocación primaria de valores negociables" en un mercado autorizado, siendo suficiente la difusión del contrato de fideicomiso entre los trabajadores de la empresa adherida.

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