En la circular, se comunica que la institución resolvió disponer que las entidades financieras abran sus casas operativas para la atención al público en general –excepto para la atención por ventanilla– a partir del lunes 13 y hasta el viernes 17, extendiendo en 2 horas la jornada habitual de atención al público, que se regirá por el siguiente cronograma en relación al día de la semana y el dígito de terminación del documento de identidad del cliente (para personas humanas) o dígito verificador del CUIT (para personas jurídicas):
Lunes 0 y 1
Martes 2 y 3
Miércoles 4 y 5
Jueves 6 y 7
Viernes 8 y 9
Las personas a ser atendidas deberán solicitar previamente un turno a través de las páginas de Internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición (ej. correo electrónico y/o teléfono), y las entidades deberán entregarles por vía electrónica un comprobante del turno acordado, indicando día de la cita, identificación (nombre completo y número de identificación) de la persona y ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse, el que servirá de permiso de circulación entre su domicilio y esa casa operativa.
Estos clientes sólo podrán presentarse –en el día y casa operativa indicados– munidos de la constancia de turno emitida por la entidad financiera.
Además el Banco Central resolvió que la atención de clientes que sean beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o de aquellos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será conforme al cronograma que la ANSES o el correspondiente ente administrador establezca, no siendo necesaria la obtención de turno alguno.
Las entidades deberán poner a disposición de los clientes estos turnos a partir del miércoles 8. inclusive. Deberán disponer en sus páginas web en forma clara y sencilla la posibilidad de obtener el citado turno y las operaciones que se pueden efectuar, aclarando que no incluye operaciones por ventanilla.
La circular además recomienda a las entidades bancarias continuar sujetándose a un estricto cumplimiento de las normas sanitarias para preservar la salud de los clientes y trabajadores bancarios y no bancarios, garantizando la provisión a los trabajadores de todo elemento sanitario y de limpieza para poder desarrollar su tarea y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas por la autoridad sanitaria.
En relación a las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra y los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos en el correspondiente registro habilitado por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, el Banco Central dispuso que deberán abrir sus casas operativas para la atención al público en general a partir del lunes 13 y hasta el viernes 17 de abril.
También establece que los operadores de cambio continuarán impedidos de abrir sus sucursales para la atención al público, sin perjuicio de que podrán continuar operando en el mercado cambiario entre ellas, con entidades financieras y con clientes en forma remota.