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Para una abogada especializada en Familia, el caso de los 257 fetos guardados en Rafaela por años podrían calificar como "violencia obstétrica"

Lo sostuvo por LT9 Judith Galletti, abogada y docente de Derecho Civil de la UNL. "No entiendo por qué se demoró tanto, el Código Civil prevé esas situaciones", aseveró en Primera Mañana.

— División Noticias LT9

MARTES 04 DE JULIO DE 2023

Una docente universitaria y abogada especializada en Derecho de Familia sostuvo por LT9 que el caso de los 257 fetos guardados en Rafaela por años podrían calificar como "violencia obstétrica".

Lo sostuvo en diálogo con Primera Mañana Judith Galletti, encargada de la cátedra de Derecho Civil de la UNL. La letrada sostuvo que "no entiendo por qué se demoró tanto" ya que "el Código Civil prevé esas situaciones". 

"Lo que llama la atención es el tiempo que ha pasado, pero no el hecho en sí. Porque esto último está regulado y es lo que debió haberse hecho en su momento. No ahora, después de tanto tiempo, pero es lo que corresponde", aseveró la especialista. 

Para estos casos de pérdidas de embarazos prematuros, sin importar las semanas de gestación, hay un protocolo vigente de actuación. 

"Corresponde emitir un certificado de defunción fetal, que los restos sean inhumados, la sepultura. Lo que se está haciendo es lo que está previsto. Lo que llama la atención es que no se haya hecho antes", explicó. 

Galletti manifestó que estos pasos se deben dar en todos los casos similares. "En reemplazo del certificado de nacido vivo, el equipo médico tiene que emitir un documento donde conste que el nacimiento se produjo sin vida. Eso es lo que se inscribe en el Registro Civil. Es decir, en vez de inscribir un nacimiento con vida, se inscribe el nacimiento sin vida. Y la situación jurídica que se produce a partir de esto es diferente", aclaró. 

"Esto tiene que ver con establecer la situación jurídica que corresponde a una persona que nace con o sin vida. Eso es lo que el Código Civil y Comercial diferencia. Si nace con vida, y muere aunque sea transcurridos minutos o segundos, la inscripción es diferente. Se inscribe el nacimiento y la defunción, los dos actos. En el caso del que estamos hablando se inscribe el nacimiento sin vida", completó.  

Y agregó: "Este tipo de hechos hasta podrían ser encuadrados como violencia obstétrica contemplados en ley de parto respetado, al no poner a disposición los restos fetales". 

La nota completa acá




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