La Justicia ordenó que las prepagas retrocedan en el aumento de las cuotas y en parelelo dictaminó que las empresas de salud deberán ajustarse a la fórmula de suba de la inflación.
Además, se detalló que la diferencia a favor quede a crédito del afiliado.
La decisión dictada por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal es sobre un caso en particular, pero representa un precedente que podría extenderse a otras presentaciones en las que se aplique el mismo criterio por parte del tribunal de apelaciones.
De esta manera, se revoca una sentencia en particular, podría extenderse a otras presentaciones en las que se aplique el mismo criterio por parte del tribunal de apelaciones.
Hasta ahora, solo había un precedente de primera instancia en un amparo colectivo en el juzgado federal de Concepción del Uruguay que había propuesto su aplicación.
De este modo, la Cámara ratifica la orden emanada del Gobierno, pero en formato de fallo judicial.