Estaba planteada para este 20 de julio, sin embargo, por medio de la Resolución General 5523/2024 se decretó que la nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto.
La recategorización es un procedimiento obligatorio que deben realizar los monotributistas cada seis meses para determinar si, de acuerdo a los ingresos de los últimos 12 meses, les corresponde cambiar de categoría. En caso de mantener la misma categoría, no es necesario realizar ningún trámite.
De esta manera, se otorgó más tiempo a los contribuyentes en virtud de la Ley 27.743 Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que incluye los nuevos montos máximos de facturación.
En ese sentido, el organismo indicó que la disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de su página web.
¿Cómo quedan las escalas de facturación del monotributo tras la reforma?
Las escalas quedan de la siguiente manera:
-Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (alza de 206%).
-Categoría B: de $3.133.941,63 a $9,45 millones (+202%).
-Categoría C: $4.387.518,23 a $13,25 millones (+208%).
-Categoría D: de $5.449.094,55 a $16,45 millones (+202%).
-Categoría E: de $6.416.528,72 a $19,35 millones (+202%).
-Categoría F: subiría de $8.020.660,9 a $24,25 millones (+203%).
-Categoría G: de $9.624.793,05 a $29 millones (+202%).
-Categoría H: de $11.916.410,45 a $44 millones (+270%).
-Categoría I: de $13.337.213,22 a $49,25 millones (+269%).
-Categoría J: de $15.285.088,04 a $56,4 millones (+269%).
-Categoría K: de $16.957.968,71 a $68 millones (+301%).