Consideramos que la Ley 27.348 es contraria al interés de los trabajadores en general, y en particular, precisamente al de aquellos que padecen una mayor vulnerabilidad al encontrarse incapacitados con motivo de un accidente de trabajo o enfermedad laboral.
Esta nueva ley propuesta por el Ejecutivo nacional, que modifica de la Ley de Riesgos de Trabajo N° 24.557, la cual ya ha sido declarada inconstitucional en 2004, busca llegar al mismo objetivo por otros medios, esto es impedir a los trabajadores acceder a la Justicia para procurar una reparación adecuada y justa a su incapacidad, y en tanto tal fue reiteradamente declarada inconstitucional. La ley 27.348 obstruye a los trabajadores accidentados acceder a la Justicia, mediante el establecimiento de una instancia administrativa previa.
Se trata de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, que serán las determinarán la incapacidad de los empleados y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, cuyas resoluciones podrían ser irreversibles en otro procedimiento judicial posterior.
Estas comisiones médicas carecen de versación jurídica y no garantizan imparcialidad al ser financiadas por las ART” y de esta manera vulneran “las garantías constitucionales de acceso a la Justicia y de la tutela judicial efectiva.
El eventual posterior acceso a la Justicia, luego de tramitar un proceso tortuoso y laberíntico que procura hacer desistir al trabajador de reclamar lo que en derecho le corresponde, no garantiza la revisión judicial plena.
El sistema creado por la ley modificatoria es “quasi extorsivo”, ya que “al finalizar el extenso y tortuoso trámite administrativo –todo ello mientras el trabajador se encuentra incapacitado-, genera una alternativa excluyente entre la percepción de la reparación que le “ofrece” el sistema renunciando a cualquier acción o recurso judicial o no percibir la suficiente reparación “ofrecida” –encontrándose en estado de necesidad- como exigencia para reclamar judicialmente -pero recién una vez finalizado el extenso procedimiento administrativo- lo que en derecho se estima le corresponde”.
La ley 27.348 sólo favorece a las ART y perjudica claramente a los trabajadores. Y, junto con estos, terminará perjudicando también a las pequeñas y medianas empresas que serán quienes finalizarán pagando las reparaciones que reclamen los trabajadores incapacitados mientras las ART, seguirán su fiesta