Inicialmente, el período de vigencia para la emergencia se extendía en el caso de las actividades agrícolas hasta el 30 de junio pasado; y para los establecimientos ganaderos, tambos, emprendimientos apícolas y frutihortícolas, hasta el 31 de diciembre.
Tras los informes elevados por la Comisión de Emergencia Agropecuaria que coordina el Ministerio de Agricultura y Ganadería provincal, se determinó la existencia de inconvenientes debido al exceso de agua acumulada en la zona agrícola, por lo que se recomendó la extensión del plazo.
Las cuencas comprendidas son El Gato y Arroyo Santa Catalina, Río Cuarto, Río Tercero, Chazón, Arroyo El Chato, Tortugas, y Río Segundo (Xanaes), donde se encuentran establecimientos agropecuarios que se ubican por debajo de la cota de 300 metros sobre el nivel del mar.
A los que se suman las cuencas de Santa Ana, La Piacasa, Laguna Jume, Saladillo, Río Quinto, Morteros, Carcarañá, San Francisco, Laguna del Siete, Río Carnero y Salsipuedes, Jesús María y Río Pinto, Totoral y Arroyo Macha, Río Bustos y Arroyo del Pescadero, Río de los Tártagos y Río Seco, y Río Dulce.